Reclama Legal · Banca

Abogados especialistas en cancelar deudas con la Ley de Segunda Oportunidad en Fuenlabrada

Ley de Segunda Oportunidad en Fuenlabrada

01 · Panorama

La situación del endeudamiento en Fuenlabrada

Ciudad del sur metropolitano con mucho empleo en la industria del metal, la logística y el comercio, y con grandes polígonos como Cobo Calleja o La Cantueña. Es un tejido de trabajadores por cuenta ajena y de pequeños negocios muy expuesto a los cambios de ciclo.

El acceso al crédito al consumo y a tarjetas revolving es habitual en Fuenlabrada, lo que multiplica los expedientes con perfil de sobreendeudamiento por consumo. La Ley de Segunda Oportunidad ofrece a estos perfiles una vía estructurada para volver a empezar.

Comunidad de Madrid
Cobertura nacional
02 · Alcance

¿Qué deudas puedes cancelar en Fuenlabrada?

A través de la Ley de Segunda Oportunidad puedes cancelar la mayoría de tus deudas. En Fuenlabrada las entidades más habituales en estos procedimientos son CaixaBank, Banco Santander, BBVA, Banco Sabadell.

4 categorías
TRLC 486-502

Deudas bancarias

Préstamos personales, créditos al consumo y descubiertos con CaixaBank, Santander, BBVA o cualquier otra entidad: los cancela la exoneración. En la hipoteca y demás deudas con garantía, solo la parte que el valor del bien no cubre (arts. 489.1.8.º y 492 bis TRLC). Tus avalistas no quedan liberados (art. 492 TRLC).

Tarjetas revolving

Tarjetas revolving de Wizink, Cetelem o Cofidis, tarjetas bancarias y préstamos rápidos: entran en la exoneración como deuda ordinaria. Si cobran intereses usurarios, antes se puede pedir su nulidad.

Hacienda (hasta 10.000 €)

Con Hacienda (AEAT) se cancela como mucho 10.000 €: todo lo que no pase de 5.000 € y la mitad de lo que exceda, hasta ese tope (art. 489.1.5.º TRLC). El resto sigue pendiente.

Seguridad Social

Cuotas atrasadas de autónomo y recargos: otro máximo de 10.000 €, con la misma fórmula de cálculo que la AEAT (Ley 16/2022, BOE-A-2022-14580). Una sanción muy grave no se perdona (art. 489.1.6.º TRLC).

03 · Foro

El procedimiento ante los juzgados de Fuenlabrada

Aunque Fuenlabrada tiene partido judicial propio, el concurso de una persona física no se presenta en sus juzgados. Tras la LO 7/2022, quien lo declara y lo dirige es el juez de lo mercantil (art. 44 TRLC), y para toda la provincia ese órgano es la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid.

Da igual que trabajes por cuenta ajena o como autónomo: el órgano es el mismo, y los recursos los resuelve la Audiencia Provincial de Madrid. Preparamos y presentamos la solicitud de forma telemática: solo tendrías que acudir si el juez te cita, algo poco habitual.

Juez de lo mercantil
Madrid capital
Requisitos legales

Requisitos y procedimiento concursal en Fuenlabrada

La Ley de Segunda Oportunidad exige dos condiciones básicas: encontrarte en situación de insolvencia actual o inminente (no puedes atender regularmente tus obligaciones de pago) y ser deudor de buena fe, es decir, no tener, en los diez años anteriores, condena firme por los delitos económicos, patrimoniales o contra la Hacienda Pública del art. 487.1.1.º TRLC, ni sanción firme por infracciones muy graves tributarias o de Seguridad Social (art. 487.1.2.º TRLC). No importa el origen de la deuda: préstamos personales, microcréditos, tarjetas, avales o deuda pública dentro de los límites legales.

El procedimiento es un concurso de acreedores de persona física que se tramita en la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid, seas o no autónomo. Nuestro equipo, especializado en derecho mercantil y concursal, solicita la exoneración del pasivo insatisfecho (el antiguo BEPI) por una de las dos vías que permite el Texto Refundido de la Ley Concursal: exoneración con plan de pagos, que te permite conservar tu vivienda habitual mientras cumples un calendario de tres a cinco años, o exoneración con liquidación de la masa activa, más rápida cuando no hay patrimonio que proteger. Declarado el concurso, ningún acreedor puede empezar embargos o ejecuciones contra tu patrimonio, y los ya iniciados se suspenden (arts. 142 y 143 TRLC).

Abogados en Fuenlabrada

Abogado ley segunda oportunidad Fuenlabrada: los casos que más vemos en el sur

Quien busca un abogado ley segunda oportunidad Fuenlabrada suele llegar con una mezcla parecida: una nómina de la industria o de la logística, un préstamo personal para el coche, dos o tres tarjetas y alguna financiación de una tienda. Mientras entra el sueldo completo, se va pagando. El problema aparece con un ERTE, una baja larga, un despido o una separación, cuando la cuota de la deuda se come lo que antes servía para vivir.

También atendemos a muchos autónomos y pequeñas empresas del comercio mayorista y de los polígonos de la ciudad, como Cobo Calleja o La Cantueña. En esos casos hay que separar bien qué deudas son tuyas y cuáles de la sociedad. La exoneración la pide un individuo, tenga o no actividad empresarial (art. 486 TRLC); si tu negocio era una sociedad limitada, esta tiene su propio concurso, y en el tuyo entran tus deudas personales y los avales que firmaste.

Nómina, pensión o incapacidad: qué pasa con lo que cobras

Un embargo nunca puede quedarse con la parte de tu salario o pensión que no supera el salario mínimo interprofesional (art. 607 LEC), pero por encima de esa cantidad el descuento puede ser muy alto. Si cobras una pensión por incapacidad o una prestación por desempleo, la situación se repite. Con la declaración del concurso no pueden iniciarse ejecuciones nuevas y las que estaban en marcha quedan en suspenso (arts. 142 y 143 TRLC), y esa es muchas veces la primera medida de alivio para los trabajadores que nos consultan.

Lo que no cambia con el concurso son las pensiones que tú debas pagar: la pensión de alimentos de los hijos no se cancela nunca (art. 489.1.3.º TRLC), y la responsabilidad civil que nazca de un delito tampoco (art. 489.1.2.º TRLC). Si tienes un asunto penal pendiente, es un motivo para revisarlo antes de presentar nada, porque una condena posterior puede llevar a revocar la exoneración (art. 493.1.3.º TRLC).

Monitorios, acoso de recobro y una carga financiera que no baja

Cuando las cuotas se acumulan, lo siguiente suele ser la llamada diaria de la empresa de recobro y, después, la reclamación judicial. Muchos vecinos llegan con uno o varios procedimientos monitorios abiertos por un banco o una financiera. Cada uno, por separado, añade intereses y costas a una carga financiera que ya no puedes afrontar. El concurso los reúne en un solo expediente ante un solo juez, y ese es el momento en que el acoso suele terminar, porque el cobro pasa a estar bajo control judicial.

Hay deudas que llegan por otra vía. Si te reclaman una indemnización por lesiones en un accidente de tráfico, esa responsabilidad civil por daños personales no se exonera (art. 489.1.1.º TRLC). Y si tienes abierta una causa en un juzgado de instrucción, hay que esperar a conocer el resultado o valorar cómo afecta a tu solicitud. Son cuestiones que un experto en la ley concursal debe detectar antes de presentar nada.

04 · Proceso

Cinco pasos en Fuenlabrada. Cero sorpresas.

Desde el primer análisis hasta el auto de exoneración. Sin pagos por adelantado, sin coste si la viabilidad no llega.

Duración
depende del caso
01

Análisis

24 horas

Un abogado del despacho estudia tu situación financiera completa y te confirma si la Ley de Segunda Oportunidad es viable en tu caso.

02

Documentación

2–4 semanas

Reunimos contigo la relación de acreedores y deudas, el inventario de bienes y los justificantes de ingresos, y comprobamos los requisitos de buena fe.

03

Solicitud judicial

1–2 meses

Presentamos por vía telemática, con procurador, la solicitud ante la sección mercantil de Madrid, junto con la memoria, el inventario y la lista de acreedores (arts. 6 y 7 TRLC).

04

Concurso y exoneración

6–10 meses

Tramitamos el concurso y solicitamos la exoneración del pasivo insatisfecho (arts. 486-502 TRLC).

05

Vida sin deudas

Cierre

Ningún acreedor afectado puede reclamarte ya las deudas exoneradas (art. 490 TRLC). La resolución les manda avisar a los ficheros de morosidad, y ante cualquier retraso reclamamos nosotros con el testimonio judicial (art. 492 ter TRLC).

Nuestro trabajo

Derecho concursal y derecho civil: la revisión que hacemos antes de presentar

Somos profesionales del derecho concursal y bancario, y nuestra experiencia nos dice que los concursos que salen bien se ganan antes de llegar al juzgado. Por eso dedicamos la primera fase a una revisión completa de tu economía y de tus contratos. Estos son los puntos que miramos siempre:

  • El número y el tipo de acreedores. Bancos, financieras, Hacienda, Seguridad Social, la comunidad de vecinos o un antiguo casero. Cada uno recibe un trato distinto en el concurso.
  • Los contratos de préstamo y tarjeta. Si alguno es usurario o tiene cláusulas abusivas, reclamarlo supone una reducción de la deuda antes de pedir la exoneración de las deudas que queden.
  • Tu régimen económico matrimonial. En la Comunidad de Madrid se aplica el Código Civil y, salvo capitulaciones, el régimen es el de gananciales. Cuando la masa incluye bienes gananciales, la ley permite a tu pareja pedir al juez la disolución y liquidación de la sociedad, con preferencia para adjudicarse la vivienda común (art. 125 TRLC).
  • Los actos de los dos últimos años. Una venta a un familiar o el pago a un acreedor por delante de los demás pueden ser rescindibles si perjudicaron a la masa (art. 226 TRLC). Es mejor saberlo antes.

Con esa información te damos una respuesta concreta: qué solución te conviene, qué posibilidad real tienes de cancelar deudas y qué parte no se podría exonerar. No hay un máximo de deuda; el mecanismo vale igual para pocos miles de euros que para varios millones en avales. La tramitación, la presentación telemática y la defensa ante el juzgado las asume nuestro equipo, y tú tienes un abogado de referencia con nombre y apellidos para cualquier duda.

Calidad, cercanía y responsabilidad con tu caso

La profesionalidad se nota en el detalle: un escrito bien fundado, un inventario sin huecos y un plan de pagos realista. Adaptamos el trabajo a tus necesidades, no al revés, y te damos información clara en cada fase del procedimiento. Asumimos la responsabilidad de explicarte también lo que no te va a gustar, porque es la única forma de que tomes decisiones con tranquilidad.

En el área sur de Madrid trabajamos para vecinos de Fuenlabrada, Leganés, Móstoles, Alcorcón, Getafe o Humanes. A todos les corresponde el mismo órgano judicial, la sección mercantil de Madrid, y la presentación se hace en línea, así que el lugar de residencia dentro de la provincia no cambia el ámbito del procedimiento. Si vives en otra zona de la Comunidad, como Alcalá de Henares o Collado Villalba, la situación es la misma.

Un experto contigo desde la primera consulta

Ponemos a tu disposición varios medios de comunicación con el despacho: teléfono, email, WhatsApp o videollamada, de manera que puedas elegir el que te resulte más cómodo y no tengas que pedir permiso en el trabajo para venir a una sede. Nuestro compromiso es el trato personalizado y el seguimiento de tu caso por el mismo experto de principio a fin, con la orden de trabajo clara desde la primera consulta.

Si tus ingresos son bajos, puedes pedir asistencia jurídica gratuita en el colegio de la abogacía, que la reconoce a los ciudadanos que cumplen los límites de la Ley 1/1996; te explicamos cómo encaja con tu caso. Ese derecho de acceso a la justicia existe precisamente para que nadie se quede sin defensa por falta de medios.

Antes de pedir la exoneración, revisamos también si tienes derecho a alguna reclamación contra tu banco: una tarjeta usuraria, una cláusula suelo o gastos de la hipoteca. La aplicación de la ley concursal no impide esas acciones, y lo que se recupere reduce la deuda. Sea cual sea el sector en el que trabajes o el municipio en que vivas, el objetivo es el mismo: aplicar la ley con rigor para que puedas empezar de nuevo, con una propiedad o sin ella, y sin una deuda colgando de tu nombre, sea de un millón de euros o de diez mil. Ese es el resultado que buscamos con cada herramienta que la ley pone en nuestras manos, también frente a la administración pública cuando es acreedora, y con un acuerdo con el banco cuando basta.

05 · Marco normativo

Particularidades normativas en Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid no tiene derecho civil propio: se aplica el Código Civil, con el régimen de gananciales por defecto, y la legislación concursal estatal (TRLC). Lo que más pesa en un concurso de Fuenlabrada no es una norma autonómica, sino la carga de trabajo de la sección mercantil de Madrid, que concentra los concursos de toda la provincia.

TRLC + Ley 16/2022
BOE-A-2022-14580
06 · Servicios relacionados

Más allá de la Segunda Oportunidad

Muchos clientes que se acogen a la Ley de Segunda Oportunidad también pueden reclamar por abusos bancarios. Estos son los frentes habituales que revisamos contigo en Fuenlabrada.

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1993 → 2026

IRPH

Si tu préstamo hipotecario usa el IRPH, analizamos si la entidad te informó del índice con la transparencia que hoy exigen el TJUE y el Tribunal Supremo.

Tarjetas revolving

Wizink, Cetelem, Cofidis. Desde la STS 258/2023, una revolving es usuraria si su TAE supera en más de 6 puntos la media de esas tarjetas en la fecha del contrato.

Gastos hipotecarios

Notario, registro, gestoría y tasación de la hipoteca que pagaste tú aunque le correspondían al banco.

07 · Preguntas frecuentes

Lo que nos preguntan en Fuenlabrada

FAQ schema
JSON-LD
01¿Qué juzgado lleva la Ley de Segunda Oportunidad en Fuenlabrada?+

Ninguno de Fuenlabrada: la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid, que lleva los concursos de personas físicas de toda la provincia, sean o no empresarias. Es así desde la LO 7/2022 (art. 44 TRLC).

02¿Cuánto tarda el procedimiento en Fuenlabrada?+

Varía según la vía y la saturación de la sección mercantil de Madrid. Si no tienes bienes o se liquidan los que haya, lo normal es cerrarlo en unos meses. Por la vía del plan de pagos, el juez dicta primero una exoneración provisional y la convierte en definitiva cuando acabas de pagar lo previsto, en tres años o cinco si mantienes la vivienda habitual (arts. 497 y 500 TRLC).

03¿Puedo conservar mi vivienda en Fuenlabrada?+

La hipoteca tiene un tratamiento especial. Si estás al corriente de pago y la cuota es asumible, puedes conservar la vivienda dentro del plan de pagos. Si no puedes conservarla, se vende en la liquidación y de la hipoteca solo se cancela lo que no alcance a cubrir el precio de la vivienda (art. 492 bis TRLC).

04¿Necesito acudir presencialmente al juzgado?+

Tu abogado se encarga de todas las gestiones procesales. Solo necesitas acudir si el juez te convoca a una vista, supuesto poco frecuente en los expedientes BEPI tramitados telemáticamente.

05¿Dónde se tramita el concurso por sobreendeudamiento de un vecino de Fuenlabrada?+

El sobreendeudamiento de las familias del sur metropolitano de Madrid (préstamos al consumo y créditos revolving encadenados) se resuelve mediante la Ley de Segunda Oportunidad. Pero el partido judicial de Fuenlabrada no decide el concurso: desde la LO 7/2022 lo lleva el juez de lo mercantil, y en la provincia es la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid, para particulares y autónomos (art. 44 TRLC). Ahí tramitamos el concurso y la exoneración del pasivo insatisfecho.

06¿Qué se necesita para pedir la segunda oportunidad?+

Estar en insolvencia, ser deudor de buena fe y presentar la solicitud con abogado y procurador (arts. 2, 6 y 487 TRLC). Con ella van la memoria de tu historia económica, el inventario de bienes, la lista de acreedores y, si pides plan de pagos, tus declaraciones de la renta de los tres últimos ejercicios (arts. 7 y 495 TRLC).

07¿Cuánto tardan en darte la segunda oportunidad?+

Si no tienes bienes que vender, la exoneración puede llegar en meses desde la presentación. Con liquidación de bienes, lo que tarde la venta. Con plan de pagos, el auto de exoneración provisional llega al aprobarse el plan y el definitivo cuando lo cumples, a los tres o cinco años (arts. 497 y 500 TRLC).

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