La calculadora de gastos hipotecarios te permite estimar cuánto puedes recuperar de los gastos de constitución de tu hipoteca. Hasta hace pocos años, los bancos cargaban a los clientes la totalidad de los gastos de notaría, registro, gestoría, tasación e incluso el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), cuando por ley parte de estos gastos correspondían a la entidad.
Introduce los datos de tu hipoteca y obtén una estimación del importe recuperable desglosado por cada concepto. La reclamación de gastos hipotecarios es una de las acciones más consolidadas del derecho bancario, con miles de sentencias favorables en toda España.
El Tribunal Supremo confirmó en sucesivas sentencias entre 2018 y 2021 que determinados gastos de constitución debían ser asumidos total o parcialmente por la entidad bancaria, abriendo la puerta a las reclamaciones de los consumidores.
Calculadora Gastos Hipotecarios
Estima cuánto puedes recuperar de los gastos de tu hipoteca
ESTIMACIÓN TOTAL RECUPERABLE
| Concepto | Estimación | Recuperable |
|---|
¿Quieres recuperar los gastos de tu hipoteca?
* Estimaciones basadas en aranceles notariales y registrales vigentes. El importe exacto depende de la escritura y los gastos efectivamente facturados.
¿Qué gastos hipotecarios puedo reclamar?
Cuando se constituye una hipoteca, se generan una serie de gastos obligatorios: notaría, registro de la propiedad, gestoría, tasación y el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD). Durante años, las entidades bancarias cargaron la totalidad de estos gastos a los clientes mediante una cláusula que el Tribunal Supremo acabó declarando abusiva.
Según la jurisprudencia consolidada, los gastos recuperables son:
- Notaría: el 50% del coste, ya que tanto banco como cliente se benefician de la escritura.
- Registro de la propiedad: el 100%, pues la inscripción beneficia exclusivamente al banco como acreedor hipotecario.
- Gestoría: el 100%, ya que es el banco quien elige al gestor y necesita la gestión para inscribir la hipoteca.
- Tasación: el 100%, puesto que es un requisito exigido por el banco para conceder el préstamo.
- AJD (Actos Jurídicos Documentados): el 100% si la hipoteca se firmó antes de noviembre de 2018, fecha en que la ley cambió para que fuera el banco quien pagara este impuesto.
¿Cómo afecta la comunidad autónoma al cálculo?
El impuesto de Actos Jurídicos Documentados varía según la comunidad autónoma, ya que cada región establece su propio tipo impositivo. Por ejemplo, Madrid y Canarias aplican un 1%, mientras que la mayoría de comunidades aplican un 1,5%. Navarra y País Vasco tienen tipos reducidos del 0,5%.
Esta diferencia es especialmente relevante en hipotecas firmadas antes de noviembre de 2018, ya que el AJD puede representar una parte muy significativa del total recuperable. En una hipoteca de 200.000 € en una comunidad con AJD del 1,5%, el impuesto asciende a 3.000 € que son íntegramente reclamables.
¿Cuál es el plazo para reclamar los gastos hipotecarios?
El Tribunal Supremo ha establecido que la acción de nulidad de la cláusula de gastos no prescribe, ya que se trata de una cláusula abusiva. Lo que sí tiene plazo es la acción restitutoria (la devolución del dinero), que se computa desde la sentencia que declara la nulidad. Esto significa que, en la práctica, puedes reclamar independientemente de cuándo firmaste la hipoteca.
No obstante, es recomendable iniciar la reclamación lo antes posible, ya que los procedimientos judiciales tienen sus propios plazos y la acumulación de asuntos puede retrasar la resolución.
¿Puedo reclamar si ya terminé de pagar la hipoteca?
Sí. El hecho de haber cancelado la hipoteca no impide la reclamación de los gastos. Lo que se reclama es la nulidad de una cláusula abusiva que existía en el contrato desde el momento de la firma. Tanto si tu hipoteca está vigente como si ya la liquidaste, tienes derecho a solicitar la devolución de los gastos que te obligaron a asumir indebidamente.
¿Puedo reclamar los gastos si ya he vendido la vivienda?
Sí. La reclamación se basa en la cláusula abusiva del contrato hipotecario original, no en la titularidad actual del inmueble. Aunque hayas vendido la vivienda y cancelado la hipoteca, puedes reclamar los gastos que pagaste en su momento.
¿Qué documentos necesito para reclamar los gastos hipotecarios?
Necesitarás la escritura de constitución de la hipoteca y las facturas de los gastos pagados (notaría, registro, gestoría y tasación). Si no conservas las facturas, pueden solicitarse copias a la notaría, el registro de la propiedad y la gestoría que intervino en la operación.
¿Qué pasa con el AJD si mi hipoteca es posterior a noviembre de 2018?
Desde el 10 de noviembre de 2018, la ley establece que el impuesto de Actos Jurídicos Documentados lo paga el banco. Por tanto, si firmaste tu hipoteca después de esa fecha, el AJD no es reclamable porque ya lo asumió la entidad. El resto de gastos (notaría, registro, gestoría y tasación) sí son reclamables independientemente de la fecha de firma.
¿Es compatible la reclamación de gastos con otras reclamaciones bancarias?
Sí, la reclamación de gastos hipotecarios es perfectamente compatible con otras reclamaciones como la del IRPH, cláusula suelo o comisiones indebidas. Cada reclamación se basa en un fundamento jurídico diferente y pueden tramitarse simultáneamente o de forma independiente.
¿Pagaste los gastos de tu hipoteca?
Nuestro equipo de abogados especialistas en derecho bancario analiza tu escritura y te indica exactamente qué gastos puedes recuperar.