Como abogados especialistas en la ley de segunda oportunidad, empezamos con una consulta en la que revisamos contigo cada contrato, cada acreedor y lo que ganas de verdad. A partir de ahí te explicamos las opciones: reclamar primero una tarjeta revolving con intereses usurarios, negociar con una entidad concreta o acudir al concurso de acreedores para cancelar lo que no puedes pagar. Puedes ponerte en contacto con nosotros por teléfono, videollamada o correo, sin visita obligatoria a la oficina, y te atiende el mismo abogado, con años de experiencia en derecho concursal, durante todo el proceso.
Lo que te pedimos y por qué
La solicitud tiene que ir acompañada de una memoria con tu historia económica de los tres últimos años y las causas de la insolvencia, un inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores con lo que se debe a cada uno (art. 7 TRLC). Si estás casado, la memoria indica también tu régimen económico matrimonial. Tenerla completa desde el inicio evita que el tribunal pida subsanaciones y que el caso se retrase. Te damos una lista concreta: nóminas o declaraciones de IRPF, extractos bancarios, contratos de financiación, escrituras y los certificados de deuda de Hacienda y de la Seguridad Social.