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Abogados especialistas en cancelar deudas con la Ley de Segunda Oportunidad en Alcalá de Henares

Ley de Segunda Oportunidad en Alcalá de Henares

01 · Panorama

La situación del endeudamiento en Alcalá de Henares

Municipio del Corredor del Henares (más de 195.000 habitantes): polo logístico e industrial, Universidad de Alcalá, ciudad Patrimonio de la Humanidad y un comercio y una hostelería muy ligados al turismo.

El acceso al crédito al consumo y a tarjetas revolving es habitual en la ciudad, lo que multiplica los expedientes con perfil de sobreendeudamiento por consumo. La Ley de Segunda Oportunidad ofrece a estos perfiles una vía estructurada para volver a empezar.

Comunidad de Madrid
Cobertura nacional
02 · Alcance

¿Qué deudas puedes cancelar en Alcalá de Henares?

A través de la Ley de Segunda Oportunidad puedes cancelar la mayoría de tus deudas. Aquí las entidades más habituales en estos procedimientos son CaixaBank, Banco Santander, BBVA, Banco Sabadell.

4 categorías
TRLC 486-502

Deudas bancarias

Los préstamos y créditos personales con CaixaBank, Santander o BBVA se cancelan. De una hipoteca, solo la parte que supera el valor de la garantía (art. 489.1.8.º TRLC); el que te avaló sigue obligado (art. 492 TRLC).

Tarjetas revolving

Wizink, Cetelem, Cofidis, tarjetas de banco y minicréditos online entran como deuda ordinaria y se exoneran. Si el interés es usurario, se puede pedir antes la nulidad del contrato.

Hacienda (hasta 10.000 €)

Deudas con la AEAT: se exoneran hasta 10.000 euros, contando completos los primeros 5.000 y el 50 % del importe que los supere (art. 489.1.5.º TRLC).

Seguridad Social

Cuotas de autónomos y recargos pendientes: hasta 10.000 euros más, con la regla del 50 % que fijó la Ley 16/2022 (BOE-A-2022-14580). Las sanciones calificadas de muy graves quedan fuera.

03 · Foro

Qué tribunal lleva tu concurso si vives en Alcalá de Henares

Tras la LO 7/2022, declarar y tramitar el concurso de cualquier persona física es tarea de los jueces de lo mercantil (art. 44 TRLC). Aunque Alcalá de Henares es cabeza de su propio partido judicial, tu concurso no se lleva en sus juzgados: va a la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid, con competencia en toda la provincia.

Ocurre igual si eres autónomo o empresario. Los recursos de apelación los resuelve la Audiencia Provincial de Madrid. Preparamos y presentamos la solicitud de forma telemática: solo tendrías que acudir si el juez te cita, algo poco habitual.

Sección de lo Mercantil
Madrid
Requisitos legales

Requisitos y procedimiento concursal en Alcalá de Henares

La Ley de Segunda Oportunidad exige dos condiciones básicas: encontrarte en situación de insolvencia actual o inminente (no puedes atender regularmente tus obligaciones de pago) y ser deudor de buena fe, es decir, no arrastrar de los diez años anteriores condenas firmes por delitos patrimoniales o socioeconómicos ni sanciones firmes muy graves de Hacienda o la Seguridad Social que sigan sin pagar (art. 487.1 TRLC). No importa el origen de la deuda: préstamos personales, microcréditos, tarjetas, avales o deuda pública dentro de los límites legales.

El procedimiento es un concurso de acreedores de persona física que se tramita en la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid, tanto si eres particular como si eres autónomo. Nuestro equipo, especializado en derecho mercantil y concursal, solicita la exoneración del pasivo insatisfecho (el antiguo BEPI) por una de las dos vías que permite el Texto Refundido de la Ley Concursal: exoneración con plan de pagos, que te permite conservar tu vivienda habitual mientras cumples un calendario de tres a cinco años, o exoneración con liquidación de la masa activa, más rápida cuando no hay patrimonio que proteger. Tras declararse el concurso, además, se suspenden los embargos y ejecuciones en marcha y no se admiten otros nuevos (arts. 142 y 143 TRLC).

Abogados en Alcalá de Henares

Abogados especialistas en ley de la segunda oportunidad en Alcalá de Henares

Buena parte del empleo de la ciudad complutense está en la logística y la industria del Corredor del Henares, con turnos, contratos temporales y sueldos que cambian de un mes a otro. Cuando un contrato no se renueva, un préstamo al consumo y dos tarjetas que antes se pagaban sin problema se convierten en una bola de deuda. Es el perfil más habitual entre nuestros clientes de la ciudad, junto con el de autónomos del comercio y la hostelería del centro histórico y el de familias que compraron piso con una hipoteca ajustada, a veces ya con impagos de alquiler o desahucios en marcha cuando nos llaman.

Alcalá y Corredor del Henares
Atención a distancia

Como abogados especialistas en la ley de segunda oportunidad, empezamos con una consulta en la que revisamos contigo cada contrato, cada acreedor y lo que ganas de verdad. A partir de ahí te explicamos las opciones: reclamar primero una tarjeta revolving con intereses usurarios, negociar con una entidad concreta o acudir al concurso de acreedores para cancelar lo que no puedes pagar. Puedes ponerte en contacto con nosotros por teléfono, videollamada o correo, sin visita obligatoria a la oficina, y te atiende el mismo abogado, con años de experiencia en derecho concursal, durante todo el proceso.

Lo que te pedimos y por qué

La solicitud tiene que ir acompañada de una memoria con tu historia económica de los tres últimos años y las causas de la insolvencia, un inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores con lo que se debe a cada uno (art. 7 TRLC). Si estás casado, la memoria indica también tu régimen económico matrimonial. Tenerla completa desde el inicio evita que el tribunal pida subsanaciones y que el caso se retrase. Te damos una lista concreta: nóminas o declaraciones de IRPF, extractos bancarios, contratos de financiación, escrituras y los certificados de deuda de Hacienda y de la Seguridad Social.

Vivienda y gananciales

Si estás casado en gananciales: tu vivienda y la de tu familia

En la Comunidad de Madrid rige el Código Civil, y si no firmasteis capitulaciones vuestro régimen es la sociedad de gananciales (arts. 1316 y 1344 CC). En un concurso esto importa porque los bienes comunes pueden entrar en el inventario cuando deben responder de tus deudas. En ese caso tu cónyuge puede pedir al juez que disuelva la sociedad de gananciales, y tiene derecho a que se le adjudique con preferencia la casa familiar (art. 125 TRLC).

Arts. 125, 492 y 497 TRLC
Código Civil

Para conservar la casa, la vía es la cancelación con plan de pagos: tus bienes no salen a la venta y destinas a los acreedores, durante el plazo del plan, la parte de tu sueldo que fije el juez. Si no se vende tu domicilio habitual, ese calendario dura cinco años en lugar de tres (art. 497 TRLC), y el capital pendiente de la hipoteca se ajusta al valor de la garantía, de modo que el exceso se cancela al final (art. 492 bis TRLC). Si la compraventa del piso y la constitución de la hipoteca se firmaron a nombre de los dos, o tu pareja es cotitular de las deudas, la cancelación no la libera a ella (art. 492 TRLC): a veces conviene que estudiemos la situación de ambos a la vez.

Es una decisión con mucho peso, y por eso la tomamos contigo con números delante, no con promesas. Lo que sí te aseguramos es transparencia en cada paso y una explicación clara de lo que puede pasar con tu hogar antes de presentar nada.

04 · Proceso

Cinco pasos, un solo abogado. Cero sorpresas.

Desde el primer análisis hasta el auto de exoneración. Sin pagos por adelantado, sin coste si la viabilidad no llega.

Duración
variable según el caso
01

Análisis

24 horas

Un abogado del despacho estudia tu situación financiera completa y te confirma si la Ley de Segunda Oportunidad es viable en tu caso.

02

Documentación

2–4 semanas

Reunimos contigo la relación de acreedores y deudas, el inventario de bienes y los justificantes de ingresos, y comprobamos los requisitos de buena fe.

03

Solicitud judicial

Por vía telemática

Presentamos la solicitud en la Sección de lo Mercantil de Madrid, por vía telemática y con procurador, junto con la documentación que exige la ley (arts. 6 y 7 TRLC).

04

Concurso y exoneración

Según la vía elegida

Tramitamos el concurso y solicitamos la exoneración del pasivo insatisfecho (arts. 486-502 TRLC).

05

Vida sin deudas

Cierre

Los acreedores pierden toda acción para cobrarte lo exonerado (art. 490 TRLC), y la resolución les manda comunicarlo a ASNEF y a los demás ficheros; con su testimonio, lo exigimos también nosotros (art. 492 ter TRLC).

Cada caso es distinto

Separaciones, accidentes, jubilación o un socio que no paga: cómo afecta a tu exoneración

El antiguo beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, que hoy la ley llama simplemente exoneración, se aplica igual a todos, pero las circunstancias de cada persona cambian lo que se puede cancelar. Por eso en el primer estudio de tu caso nos interesa tu historia, no solo la lista de deudas:

6 situaciones
Lo que cambia en tu caso
I · Situación

Separaciones y divorcios

La pensión de alimentos de los hijos no se cancela (art. 489.1.3.º TRLC). Las deudas comunes con tu expareja, como un préstamo firmado por los dos, sí se cancelan para ti, pero no para ella.

II · Situación

Accidentes

Si debes indemnizaciones por un accidente que causaste, por muerte o lesiones, esa responsabilidad por daños y perjuicios no se cancela (art. 489.1.1.º TRLC). Tampoco la responsabilidad civil derivada de delitos, por ejemplo uno de tráfico o contra la seguridad vial, como una alcoholemia con heridos (art. 489.1.2.º TRLC).

III · Situación

Jubilación o pérdida de ingresos por salud

No impiden acogerte. Al contrario: si tus ingresos ya no van a mejorar, la liquidación suele ser la mejor opción y la más rápida.

IV · Situación

Herencias y donaciones

Si en los tres años siguientes a la cancelación recibes una herencia, legados, una donación o un premio de juego de suerte, envite o azar que te permita pagar lo perdonado, un acreedor puede pedir que se revoque en esa parte (art. 493.1.2.º TRLC).

V · Situación

Despidos y trabajadores a tu cargo

Si pierdes el trabajo o hay un cambio en tu sueldo antes de terminar de pagar, se puede pedir al juez la modificación del plan (art. 499 bis TRLC). Si tuviste empleados, no se cancelan los salarios de los últimos sesenta días ni las indemnizaciones por accidente de trabajo (art. 489.1.1.º y 4.º TRLC), un punto donde se cruzan el derecho laboral y el concursal.

VI · Situación

Un socio o una empresa que dejó deudas

Si cerraste un negocio, lo que firmaste como avalista de la empresa entra en tu procedimiento; lo que debe la sociedad, no. Y a los administradores a quienes se derivaron deudas de la sociedad por un acuerdo firme en los diez años anteriores se les niega la cancelación, salvo que las hayan pagado (art. 487.1.2.º TRLC).

También valoramos las alternativas antes de ir al juzgado: una renegociación o refinanciación con el banco, una mediación con un acreedor concreto o la reclamación de cláusulas abusivas (una cláusula suelo, por ejemplo), de un alquiler o de un seguro mal vendido por una compañía aseguradora. Si alguna de ellas basta, no hace falta acudir al juez. Si no, el mecanismo de la ley de segunda oportunidad es la solución más completa, porque reúne en un solo procedimiento todos los impagos, las facturas pendientes con proveedores y las demandas que ya tengas, y la cantidad total que debes.

Nuestro despacho

Un despacho especializado: qué ganas con ello

Si atraviesas una situación económica complicada, lo último que necesitas es un expediente con errores de forma. Por eso seguimos el mismo protocolo de revisión en cada caso y somos abogados expertos en concursos de particulares, no generalistas.

Derecho concursal
y bancario

Por qué elegir un despacho de abogados especializado

Nuestro equipo de abogados se dedica al derecho concursal y bancario, y esa especialización tiene una razón práctica: la tramitación de una exoneración de deudas en esta materia está llena de detalles que, si se pasan por alto, cuestan tiempo o dinero. Un incumplimiento formal, un bien olvidado en el inventario o una fase mal planteada pueden llevar a una oposición o a impugnaciones de los acreedores que resten eficacia a la exoneración. La experiencia, la profesionalidad y el conocimiento de cómo resuelve cada sección mercantil son lo que separa un buen resultado de uno mediocre. No te prometemos el éxito, porque nadie honesto puede hacerlo; te prometemos información clara en cada fase, resolver cada duda sin hacerte esperar y la calidad de un trabajo hecho con tiempo. Ese es nuestro objetivo con cada cliente que quiere empezar de cero.

La reforma de 2022 suprimió el paso obligatorio por un acuerdo extrajudicial de pagos: si no hay acuerdo posible con los acreedores, se pide el concurso directamente. Para estudiar tu caso no necesitas venir a ninguna oficina; basta con una llamada y la documentación que te pidamos. Con ella hacemos una valoración de tu situación personal y económica y de los recibos impagados, te decimos la verdad sobre las posibilidades reales y te mantenemos informado de cada avance, desde la presentación hasta la finalización del procedimiento y la extinción de lo perdonado.

Nuestro asesoramiento combina el derecho concursal con el derecho civil, el derecho de familia y el derecho inmobiliario, porque una sucesión pendiente, el régimen conyugal o una separación influyen en tus bienes; y revisamos también lo que toca al derecho penal, al derecho laboral o al derecho administrativo (una condena por ciertos delitos, un despido, una sanción) cuando puede cerrar el paso a la cancelación. Ponemos a tu disposición una abogada o un abogado que conoce tu caso y responde por él, con trato directo. Buscar al mejor abogado para pagar deudas o cancelarlas no es buscar promesas, sino la mejor información para obtener el mejor resultado que la ley permite en tu caso, y para dejar atrás el acoso de las llamadas de recobro.

05 · Marco normativo

Particularidades normativas en Comunidad de Madrid

La Constitución reserva al Estado la legislación mercantil (art. 149.1.6.ª), de modo que el concurso se rige en toda España por el mismo Texto Refundido de la Ley Concursal. Lo que sí depende de dónde vives es el régimen económico del matrimonio, y en la Comunidad de Madrid es el del Código Civil.

TRLC + Ley 16/2022
BOE-A-2022-14580
06 · Servicios relacionados

Más allá de la Segunda Oportunidad

Muchos clientes que se acogen a la Ley de Segunda Oportunidad también pueden reclamar por abusos bancarios. Estos son los frentes habituales que revisamos contigo en Alcalá de Henares.

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1993 → 2026

IRPH

Revisamos la cláusula IRPH de tu hipoteca: la clave es si se te informó del índice con la transparencia que exige la jurisprudencia europea y del Supremo.

Tarjetas revolving

Wizink, Cetelem, Cofidis. El Supremo considera usuraria la tarjeta cuya TAE rebasa en más de 6 puntos la media publicada para las revolving en el mes de la firma (STS 258/2023).

Gastos hipotecarios

Gastos de notaría, registro, gestoría y tasación de tu hipoteca que te cobraron y correspondían al banco.

07 · Preguntas frecuentes

Lo que nos preguntan en Alcalá de Henares

FAQ schema
JSON-LD
01¿Qué juzgado lleva la Ley de Segunda Oportunidad en Alcalá de Henares?+

La Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid, seas particular o autónomo. Lo establece el art. 44 TRLC desde la LO 7/2022, que devolvió estos concursos a lo mercantil.

02¿Cuánto tarda el procedimiento en Alcalá de Henares?+

Varía con la vía y con la carga de la sección mercantil de Madrid. Si no hay bienes o se liquidan, el concurso suele acabar en meses. Con plan de pagos hay dos momentos: una exoneración provisional cuando el juez aprueba el plan y otra definitiva cuando lo cumples, que puede ser a los tres o a los cinco años (arts. 497 y 500 TRLC).

03¿Puedo conservar mi casa?+

La hipoteca tiene un tratamiento especial. Si estás al corriente de pago y la cuota es asumible, puedes conservar la vivienda dentro del plan de pagos. Cuando no es posible mantenerla, sale a la venta en la liquidación y del préstamo hipotecario se perdona el resto que no cubra el precio del piso (art. 492 bis TRLC).

04¿Necesito acudir presencialmente al juzgado?+

Tu abogado se encarga de todas las gestiones procesales. Solo necesitas acudir si el juez te convoca a una vista, supuesto poco frecuente en los expedientes BEPI tramitados telemáticamente.

05¿Cómo se resuelve el sobreendeudamiento por créditos revolving en Alcalá de Henares?+

Cuando el sobreendeudamiento proviene de créditos revolving y préstamos al consumo acumulados, la Ley de Segunda Oportunidad permite cancelar esas deudas. Estudiamos primero si alguna tarjeta revolving es nula (para descontarla del pasivo) y, en paralelo, tramitamos el concurso ante la Sección de lo Mercantil de Madrid, para obtener la exoneración del pasivo insatisfecho.

06¿Qué ocurre con los embargos de mi nómina?+

Desde que el juez declara el concurso no se pueden iniciar embargos ni apremios contra tus bienes, y los que estaban en curso quedan en suspenso (arts. 142 y 143 TRLC). Si al final obtienes la exoneración, esas deudas ya no se te podrán reclamar (art. 490 TRLC).

07¿Siguen corriendo los intereses de mis deudas durante el concurso?+

No, por regla general. Desde que se declara el concurso se suspenden los intereses legales y los de mora o remuneratorios pactados (art. 152 TRLC). Las excepciones son los créditos salariales y las deudas con garantía real, como la hipoteca, hasta donde llegue el valor del bien.

08¿Tener antecedentes penales impide cancelar las deudas?+

Solo ciertos delitos y si la condena es reciente. Quedan fuera quienes, en los diez años previos, fueron condenados en firme a prisión por delitos contra el patrimonio o el orden socioeconómico, falsedad documental, contra Hacienda y la Seguridad Social o contra los trabajadores, con pena máxima de tres años o más, salvo que ya hayan cumplido y pagado (art. 487.1.1.º TRLC). Otros delitos no lo impiden.

09¿Qué pasa si recibo una herencia después de la exoneración?+

Durante tres años, si recibes una herencia como heredero, un legado o una donación que mejore de forma sustancial tu situación, los acreedores pueden pedir la revocación, pero solo en la parte que puedas pagar con ello (art. 493 TRLC). Pasado ese plazo ya no cabe.

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