Catalunya es la única comunidad autónoma donde el consumidor bancario dispone de dos marcos legislativos complementarios. Al Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores (estatal) se superpone el Codi de Consum de Catalunya, que establece obligaciones adicionales de transparencia e información para las entidades financieras que operan en territorio catalán.
La Agència Catalana del Consum funciona como órgano administrativo sancionador con capacidad para abrir expedientes a bancos por incumplimiento de la normativa autonómica. Esta presión administrativa constituye una herramienta de negociación extrajudicial que no existe en otras comunidades, y que nuestro despacho utiliza sistemáticamente antes de presentar demanda.
Además, CaixaBank —la entidad con la mayor cartera hipotecaria de España tras absorber Bankia— tiene su domicilio social en Barcelona. Esto otorga a los juzgados barceloneses competencia territorial directa sobre la entidad, eliminando posibles excepciones declinatorias que podrían dilatar el procedimiento.