Todo lo que Puedes Reclamar al Banco Santander: Guía Completa 2026
Banco Santander es la mayor entidad financiera de España y, tras la absorción de Banesto, Banco Popular y Banco Pastor , concentra millones de hipotecas y tarjetas con cláusulas potencialmente abusivas. En esta guía maestra recopilamos todo lo que un cliente de Santander puede reclamar en 2026 y cómo hacerlo.
El Santander y las cláusulas abusivas
Santander es, por volumen, el banco con más condenas judiciales en España por cláusulas abusivas. No es porque su práctica fuera peor que la de sus competidores, sino por su tamaño: una cartera de más de 4 millones de hipotecas vigentes y millones de tarjetas emitidas significa, estadísticamente, el mayor número de reclamaciones.
Además, Santander ha integrado entidades históricamente señaladas:
| Entidad | Año integración | Productos con reclamaciones masivas |
|---|---|---|
| Banesto | 2013 | Cláusula suelo, IRPH, gastos hipotecarios |
| Banco Pastor | 2012 | Cláusula suelo, preferentes |
| Banco Popular | 2017 | Cláusula suelo, multidivisas, tarjetas revolving |
| Santander Consumer | Filial | Tarjetas revolving con TAE usurarias |
Qué puedes reclamar al Santander en 2026
1. Cláusula suelo
Aplicada en hipotecas firmadas entre 2002 y 2014, con suelos del 2,50% al 4,50%. Devolución íntegra desde el inicio del contrato tras la STJUE 21/12/2016.
Devolución media: 4.000 – 15.000 euros. Cómo reclamar cláusula suelo Santander.
2. Gastos hipotecarios
Notaría (50%), registro (100%), gestoría (100%), tasación (100%) y AJD en hipotecas anteriores a noviembre 2018 (100%). Plazo hasta enero 2029 según STS 857/2024.
Devolución media: 1.500 – 4.500 euros. Cómo reclamar gastos hipotecarios Santander.
3. IRPH
Santander aplicó IRPH (Entidades, Cajas o CECA) en numerosas hipotecas. El IRPH ha estado entre 1 y 2 puntos por encima del Euríbor durante los últimos 15 años.
Devolución media: 15.000 – 40.000 euros. Cómo reclamar IRPH Santander.
4. Tarjetas revolving
Santander Consumer comercializa tarjetas con TAE superiores al 24%. Tras la STS 149/2020, toda TAE superior al 20% en tarjeta revolving se considera usuraria.
Devolución: todos los intereses, comisiones y gastos pagados. Cómo reclamar revolving Santander.
5. Comisiones bancarias
Reclamables las comisiones por descubierto, mantenimiento no comunicado, reclamación de posiciones deudoras, transferencias no autorizadas o cualquier comisión sin servicio efectivo.
Base legal: Orden EHA/2899/2011 y doctrina reiterada del Banco de España.
6. Productos complejos
Preferentes, obligaciones subordinadas, swaps, fondos vinculados a estructurados. Reclamables por falta de información adecuada o comercialización inadecuada al perfil del cliente.
7. Seguros vinculados a hipoteca
Santander impuso seguros de vida, hogar o protección de pagos al firmar hipotecas, en muchos casos sin transparencia o con primas abusivas. Reclamable si la contratación fue condicionada o si hubo falta de información.
Cómo empezar tu reclamación al Santander
- Identifica qué tipo de reclamación te corresponde consultando las guías específicas enlazadas
- Reúne la documentación: escrituras, contratos, extractos, recibos, facturas
- Cálculo previo: usa nuestras calculadoras para estimar el importe recuperable
- Reclamación extrajudicial: escrito al SAC del Santander (Avda. Cantabria s/n, Boadilla del Monte 28660, Madrid)
- Plazo del banco: 2 meses para responder
- Vía judicial: si no hay respuesta o es insuficiente, demanda con abogado especializado
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Quiero mi análisis gratuito¿Llega Santander a acuerdos extrajudiciales?
Sí. Santander tiene un departamento específico para resolver reclamaciones con jurisprudencia consolidada. Los productos con mayor probabilidad de acuerdo extrajudicial:
- Cláusula suelo (resolución en 2-4 meses)
- Gastos hipotecarios (resolución en 3-6 meses)
- Comisiones indebidas (resolución rápida en muchos casos)
Productos con mayor resistencia judicial:
- IRPH (suele ir a juicio)
- Tarjetas revolving (depende del caso)
- Productos complejos (vía judicial habitual)
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Empezar ahoraCómo presentar una queja o reclamación al Banco Santander
Toda reclamación al Banco Santander debe seguir una vía concreta para que sea válida y se respeten los plazos. La estructura habitual son tres escalones: primero el Servicio de Atención al Cliente del propio banco, encargado de las reclamaciones y atención al cliente, después el Banco de España como organismo supervisor, y finalmente la vía judicial cuando no hay acuerdo.
1. Servicio de Atención al Cliente (SAC) del Banco Santander
El SAC es la primera vía obligatoria para presentar una queja al Banco Santander. La entidad dispone de dos meses para responder por escrito de forma motivada. Puedes presentar tu reclamación al Santander a través de estos canales:
- Por correo postal al Servicio de Atención al Cliente, Avenida Cantabria s/n, 28660 Boadilla del Monte (Madrid)
- Online en la propia banca digital o desde la web pública del banco
- Por e mail o correo electrónico al canal habilitado por la entidad para las reclamaciones y consultas
- Presencialmente en cualquier oficina del Banco Santander en España
2. Banco de España: cuando el SAC no responde o lo hace mal
Si el SAC no responde en dos meses o su respuesta no resuelve tu reclamación al Santander, puedes elevarla al Banco de España. El BdE no es vinculante para el banco, pero su informe favorable suele facilitar el acuerdo extrajudicial. El procedimiento ante el Banco de España es gratuito y se inicia online desde su sede electrónica.
3. Vía judicial: cuando no hay acuerdo
Si ni el SAC ni el Banco de España permiten recuperar lo reclamado, la vía judicial es la última opción. Una demanda contra el Banco Santander por cláusulas abusivas (suelo, gastos hipotecarios, IRPH, multidivisa) o por tarjetas revolving usurarias se interpone en el juzgado de primera instancia del domicilio del consumidor. En España existen juzgados especializados en cláusulas abusivas (Acuerdo CGPJ 25 mayo 2017) para acelerar estos procedimientos.
Marco normativo que ampara tu reclamación
Tu reclamación al Banco Santander no depende de la buena voluntad del banco, sino de normativa de obligado cumplimiento que regula la transparencia y la protección de la clientela. El Real Decreto Legislativo 1/2007, que aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, declara nulas las cláusulas abusivas. La Orden EHA/2899/2011, del Ministerio de Economía y Hacienda, regula la transparencia y protección del cliente de servicios bancarios y obliga a la entidad a informar con claridad de cada gasto, comisión y tipo de interés. La Orden ECO/734/2004 regula los departamentos y servicios de atención al cliente de las entidades financieras y demás entidades de crédito. En materia de tarjetas revolving y créditos al consumo se aplica además la normativa de protección del consumo, y en los préstamos hipotecarios la Directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo. La Ley 44/2002 de medidas de reforma del sistema financiero crea los servicios de reclamaciones de los supervisores financieros: Banco de España, Comisión Nacional del Mercado de Valores y Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. A todo ello se suma la normativa de protección de datos de carácter personal que ampara tus datos frente a la entidad. Cuando reclamas invocando esta normativa de protección, no pides un favor, exiges el cumplimiento de la ley.
Cómo reclamar gastos de hipoteca al Banco Santander
La reclamación de gastos de hipoteca al Banco Santander sigue el mismo esquema. Hay que reunir la escritura del préstamo hipotecario, las facturas de notaría, registro, gestoría y tasación, y el modelo 600 del impuesto AJD. Con esta documentación se presenta la reclamación al SAC y, si no hay acuerdo, se acude a la vía judicial. Santander absorbió en 2017 al Banco Popular y al Banco Pastor: si tu hipoteca era originalmente de Popular o Pastor, el Banco Santander es ahora el responsable de la reclamación de los gastos hipotecarios.
El Servicio de Atención al Cliente y el Defensor del Cliente del Grupo Santander
Antes de acudir a los organismos supervisores externos, la normativa española exige que el cliente justifique haber acudido previamente al Servicio de Atención al Cliente de la entidad, o en su caso al Defensor del Cliente del Grupo Santander, y que la respuesta hubiera sido insatisfactoria o hubiera transcurrido el plazo legalmente establecido sin recibirla. Este requisito previo no es un trámite opcional: sin él, el Banco de España, la CNMV o la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones inadmitirán a trámite tu reclamación.
El Grupo Santander dispone de dos instancias internas diferenciadas. El Servicio de Reclamaciones (también denominado Servicio de Atención al Cliente), que actúa como servicio de atención y defensa del cliente, atiende quejas relacionadas con operaciones y servicios bancarios ordinarios. El Defensor del Cliente actúa como segunda instancia interna con mayor autonomía respecto a la entidad, y su resolución favorable vincula al banco. Puedes dirigirte a ambos por escrito, presencialmente en cualquier oficina o mediante formulario en la web corporativa del grupo. Conserva siempre una copia sellada o el acuse de recibo de tu comunicación: ese documento acredita el inicio del cómputo de plazos.
Una vez agotada la vía interna sin resultado satisfactorio, el siguiente escalón son los supervisores públicos. El Banco de España es competente para reclamaciones sobre servicios bancarios y financieros destinados a consumidores (hipotecas, cuentas, tarjetas, comisiones). La CNMV asume las relativas a productos de inversión y valores. El Servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones se ocupa de seguros y planes de pensiones comercializados por el banco. Estas vías administrativas no paralizan los plazos judiciales ni impiden acudir simultáneamente a los tribunales, aunque en la práctica la resolución del supervisor sirve de elemento probatorio muy relevante en un eventual procedimiento judicial.
Si la respuesta interna ha sido desfavorable o el banco no contesta en plazo, ese momento marca el punto de partida idóneo para valorar una reclamación judicial. En productos con importes medios elevados (IRPH, multidivisas, cláusula suelo en hipotecas de importe alto) la vía judicial suele ser la que mayor recuperación proporciona, dado que la resolución del Banco de España no es vinculante para la entidad. En cualquier caso, documentar cada comunicación con el Servicio de Atención al Cliente o con el Defensor del Cliente desde el primer momento es imprescindible para construir un expediente sólido.
Preguntas frecuentes
¿Qué puedo reclamar al Banco Santander?
Principalmente cláusula suelo, gastos hipotecarios, IRPH, tarjetas revolving y comisiones bancarias indebidas. También productos de entidades que el Santander absorbió, como Banesto o Banco Popular.
¿Cómo reclamo al Santander paso a paso?
Primero una reclamación escrita al Servicio de Atención al Cliente del banco; si la rechaza o no responde, puedes acudir al Defensor del Cliente y al Banco de España, y finalmente a la vía judicial.
¿El Santander llega a acuerdos extrajudiciales?
En algunos casos ofrece acuerdos. Ante cualquier duda, antes de aceptar conviene comprobar que el importe ofrecido cubre todo lo que te corresponde, intereses incluidos.
¿Puedo reclamar al Santander si ya cancelé la hipoteca o la tarjeta?
Sí. La nulidad de las cláusulas abusivas es imprescriptible, por lo que puedes reclamar aunque el producto esté cancelado.
¿Qué documentación necesito para reclamar al Santander?
La escritura o el contrato del producto y los justificantes de lo cobrado. Si no los conservas, puedes solicitarlos al propio banco, al notario o al Registro.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar al Banco Santander?
Depende del producto. La nulidad de las cláusulas abusivas (suelo, gastos hipotecarios, IRPH) es imprescriptible, por lo que puedes reclamar aunque hayan pasado muchos años. La devolución de las cantidades derivada de esa nulidad sí tiene plazo: cinco años desde que se declara abusiva la cláusula. En tarjetas revolving, mientras el contrato siga vivo puedes reclamar en cualquier momento.
¿Cuál es el teléfono de atención al cliente del Banco Santander?
El Banco Santander atiende incidencias en el teléfono 900 811 088. Para una reclamación formal, no obstante, conviene dejar constancia por escrito ante el Servicio de Atención al Cliente (correo, formulario u oficina), porque solo la comunicación escrita acredita el inicio del cómputo de los dos meses de plazo.
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