Abogados especialistas en cancelar deudas con la Ley de Segunda Oportunidad en Ávila
Si buscas abogados ley segunda oportunidad Ávila, Reclama Legal lleva tu expediente de principio a fin, en remoto y con atención directa de un abogado.
La situación del endeudamiento en Ávila
Una crisis económica personal o de un pequeño negocio suele empezar igual: impagos que se acumulan, un contrato de crédito que se renueva para pagar otro y, al final, un problema de dinero que ya no se puede atender con los ingresos habituales. Cuando la deuda es mayor que lo que puedes devolver razonablemente, la ley prevé una solución: la segunda oportunidad.
Los expedientes de sobreendeudamiento que estudiamos parten casi siempre de créditos al consumo, tarjetas revolving, avales o un negocio que dejó de ser viable. El objetivo de la Ley de Segunda Oportunidad es que la persona física pueda cancelar lo que no puede pagar y volver a empezar, con una opción regulada en el Texto Refundido de la Ley Concursal.
Cobertura nacional
Cuando el problema afecta a toda la familia
Las deudas rara vez afectan a una sola persona. Si estás casado en gananciales y no se ha liquidado el régimen, la exoneración de las deudas gananciales no se extiende a tu cónyuge mientras él no haya obtenido la suya (art. 491 TRLC), y las deudas por alimentos quedan fuera de la exoneración (art. 489.1.3.º TRLC). Por eso revisamos también el derecho de familia de tu caso: convenio regulador, pensiones y vivienda familiar.
Herencias y bienes pendientes
Una herencia recibida o pendiente de aceptar forma parte de tu patrimonio y debe constar en el inventario que presentamos al juzgado. Conviene hablarlo en la primera consulta, porque cambia el planteamiento del plan de pagos o de la liquidación.
¿Qué deudas puedes cancelar en Ávila?
A través de la Ley de Segunda Oportunidad puedes cancelar la mayor parte de tus deudas: bancarias, de tarjetas, con administraciones públicas dentro del límite legal y las derivadas de un negocio. La ley excluye un listado cerrado, que repasamos contigo caso por caso (art. 489 TRLC).
TRLC 486-502
Deudas bancarias
Préstamos, créditos personales y descubiertos son exonerables. Si la deuda tiene garantía real, como una hipoteca, no se exonera dentro del límite del privilegio especial; lo que exceda de ese límite sí puede exonerarse (art. 489.1.8.º TRLC). Antes de presentar la solicitud revisamos el contrato por si contiene cláusulas abusivas o intereses de mora desproporcionados.
Tarjetas revolving
Las deudas de tarjetas de crédito y revolving entran en la exoneración como cualquier otro crédito. Si el contrato aplicaba un interés usurario, se puede reclamar además su nulidad por la vía civil.
Deudas con Hacienda
Los créditos de Derecho público no se exoneran con carácter general, pero las deudas cuya recaudación corresponde a la Agencia Tributaria sí pueden exonerarse hasta un máximo legal por deudor: íntegramente en el primer tramo y en un cincuenta por ciento a partir de ahí (art. 489.1.5.º TRLC).
Seguridad Social
Las cuotas impagadas, por ejemplo de autónomos, se exoneran con el mismo máximo y en las mismas condiciones que las deudas tributarias. Ese beneficio solo se aplica en la primera exoneración del deudor (art. 489.3 TRLC).
Impagos de empresas y sociedades
La exoneración está reservada a la persona natural, sea o no empresario (art. 486 TRLC): las sociedades no pueden acogerse a ella. Sí puede hacerlo el autónomo o el administrador o socio que respondió con su patrimonio por avales o préstamos de la empresa.
El procedimiento ante los juzgados de Ávila
Desde la reforma concursal de 2022 (LO 7/2022), el concurso de acreedores de una persona física, también el de un particular que no es empresario, es competencia de lo mercantil (art. 44 TRLC). Tras la LO 1/2025, lo tramita la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia con competencia provincial o, donde no hay sección, la plaza con competencia mercantil del Tribunal de Instancia correspondiente. En Ávila no hay Sección de lo Mercantil: el expediente se presenta en el Tribunal de Instancia de Ávila, ante la plaza con competencia mercantil de su Sección Civil y de Instrucción.
Tanto si eres particular como autónomo o empresario, el concurso va al mismo órgano mercantil. Los recursos los resuelve la Audiencia Provincial de Ávila. Preparamos y presentamos la solicitud de forma telemática: solo tendrías que acudir si el juez te cita, algo poco habitual.
Sección de lo Mercantil
Requisitos y procedimiento concursal en Ávila
La Ley de Segunda Oportunidad exige dos condiciones de fondo: encontrarte en situación de insolvencia actual o inminente (no puedes atender regularmente tus obligaciones de pago) y que el deudor actúe de buena fe. La buena fe se comprueba descartando las excepciones del art. 487 TRLC: una condena firme a pena privativa de libertad en los diez años anteriores por determinados delitos patrimoniales o socioeconómicos, una sanción firme por infracciones muy graves, un concurso declarado culpable, el incumplimiento de los deberes de colaboración con el juez o haber dado información falsa o actuado de forma temeraria al endeudarte. No importa el origen de la deuda: préstamos personales, microcréditos, tarjetas, avales o deuda pública dentro de los límites legales.
El procedimiento es un concurso de acreedores de persona física que se tramita ante el órgano mercantil competente, seas particular o autónomo. Nuestro equipo, con experiencia en derecho mercantil y derecho concursal, solicita la exoneración del pasivo insatisfecho (el antiguo BEPI) por una de las dos vías del Texto Refundido de la Ley Concursal (art. 486): exoneración con plan de pagos, sin liquidar antes la masa activa, que dura con carácter general tres años y cinco en ciertos casos, como cuando no se realiza la vivienda habitual (art. 497 TRLC), o exoneración con liquidación de la masa activa, cuando el concurso concluye por la liquidación o por insuficiencia de masa. Con el plan de pagos, la concesión consta en el Registro público concursal durante cinco años o el plazo inferior que fije el plan (art. 495 TRLC).
Cinco pasos en Ávila. Cero sorpresas.
Desde el primer análisis hasta el auto de exoneración. Te explicamos cada fase antes de empezarla y te informamos de cada actuación en la tramitación.
Del análisis al auto
Análisis
Un abogado experto del despacho estudia tu situación financiera completa y te confirma si la Ley de Segunda Oportunidad es viable en tu caso.
Documentación
Reunimos contigo la relación de acreedores y deudas, el inventario de bienes y los justificantes de ingresos, y comprobamos que no concurre ninguna de las excepciones del art. 487 TRLC.
Solicitud judicial
Presentamos la solicitud ante el órgano mercantil competente, con el dosier que acredita la buena fe, y te explicamos cada paso de la tramitación.
Concurso y exoneración
Tramitamos el concurso y solicitamos la exoneración del pasivo insatisfecho (arts. 486-502 TRLC).
Vida sin deudas
Las deudas exoneradas dejan de ser exigibles. Solicitamos la actualización o cancelación de tus datos en ficheros de morosidad, como ASNEF, cuando corresponde según cada deuda y cada fichero.
Particularidades normativas en Castilla y León
Castilla y León no cuenta con normativa foral propia en materia concursal, por lo que se aplica íntegramente la legislación estatal. Esto simplifica el procedimiento al no existir particularidades autonómicas que añadan trámites adicionales.
BOE-A-2022-14580
Qué otras ramas del derecho influyen en tu deuda
El concurso es una cuestión de derecho concursal, pero tu situación puede cruzarse con otras ramas. En derecho laboral, los salarios de los últimos sesenta días anteriores al concurso, dentro del límite legal, no se exoneran (art. 489.1.4.º TRLC). En derecho penal, las deudas por responsabilidad civil derivada de delito y las multas penales quedan fuera (art. 489.1.2.º y 6.º TRLC), y una condena firme reciente puede impedir la exoneración (art. 487.1.1.º TRLC). En derecho civil, los contratos de préstamo y las garantías determinan qué parte de la deuda es exonerable.
Ejecuciones, embargos y reclamaciones de cobro
Antes del concurso es habitual encontrarse con una ejecución, un embargo o reclamaciones de cobro de facturas e impagos acumulados. Como despacho de abogados con asistencia jurídica especializada, estudiamos en cada caso qué actuaciones de los acreedores siguen en marcha y cómo afecta el concurso a cada una. También valoramos si hay acuerdos con acreedores que compensen más que ir directamente a la exoneración.
Qué ocurre con la declaración y la sentencia
La solicitud va acompañada de tus declaraciones de la renta de los últimos ejercicios y de las de tu unidad familiar cuando pides plan de pagos (art. 495 TRLC). Tras la tramitación, el juez dicta una resolución que concede o deniega la exoneración; si la concede, sus efectos alcanzan a las deudas exonerables, no a las excluidas por el art. 489.
Más allá de la Segunda Oportunidad
Muchos clientes que se acogen a la Ley de Segunda Oportunidad también pueden reclamar por abusos bancarios. Estos son los frentes habituales que revisamos contigo en Ávila. Antes de demandar a la entidad, la reclamación previa es obligatoria como medio adecuado de solución de controversias (art. 439 bis LEC).
1993 → 2026
IRPH
Reclamación del índice IRPH si tu hipoteca lo aplicó, conforme a la doctrina del TJUE sobre transparencia.
Tarjetas revolving
Wizink, Cetelem, Cofidis. Nulidad por usura cuando el interés es notablemente superior al tipo medio publicado por el Banco de España (STS 258/2023).
Gastos hipotecarios
Notaría, registro, gestoría y tasación que el banco te hizo pagar al firmar el contrato de hipoteca.
Lo que nos preguntan en Ávila
JSON-LD
01¿Qué juzgado lleva la Ley de Segunda Oportunidad en Ávila?+
El concurso de la persona física, sea o no empresaria, es competencia de lo mercantil desde la LO 7/2022 (art. 44 TRLC). Hoy lo lleva la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia con competencia provincial o, donde no hay sección, la plaza con competencia mercantil del Tribunal de Instancia que corresponda. En Ávila es esa plaza, dentro de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Ávila.
02¿Cuánto tarda el procedimiento en Ávila?+
No hay un plazo fijo: depende de la carga del órgano, de los acreedores y de la vía elegida. Con plan de pagos, el plan dura con carácter general tres años y cinco en los casos del art. 497 TRLC, contados desde la aprobación judicial.
03¿Puedo conservar mi vivienda en Ávila?+
Depende de la garantía que pese sobre ella. La deuda con garantía real no se exonera dentro del límite del privilegio especial (art. 489.1.8.º TRLC), así que en la práctica se plantea mantener la vivienda dentro de un plan de pagos si la cuota es asumible. Si no lo es, se incluye en la liquidación.
04¿Necesito acudir presencialmente al juzgado?+
Tu abogado se encarga de todas las gestiones procesales. Solo necesitas acudir si el juez te convoca a una vista, supuesto poco frecuente en los expedientes tramitados de forma telemática.
05¿Qué desventajas tiene la Ley de la Segunda Oportunidad?+
No cancela todas las deudas: quedan fuera, entre otras, los alimentos, la responsabilidad civil derivada de delito y las multas penales, y los créditos públicos solo en parte (art. 489 TRLC). Exige patrimonio inventariado, buena fe acreditada y, con plan de pagos, cumplir el plan y aceptar su constancia en el Registro público concursal.
06¿Puedo acogerme si tengo deudas por mi negocio o una sociedad?+
La exoneración está reservada a la persona natural, sea o no empresario, siempre que sea deudor de buena fe (art. 486 TRLC): el autónomo, o el administrador o socio que respondió con su patrimonio por avales o préstamos de la empresa, puede solicitarla. La sociedad en sí no puede acogerse a la exoneración. Lo estudiamos en la consulta inicial.
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