En una provincia de pueblos pequeños y grandes distancias, pedir ayuda por un problema de deudas cuesta más de lo que parece. Muchas de las personas que nos escriben desde Soria, Almazán, El Burgo de Osma, Ágreda o San Esteban de Gormaz llevan meses sin saber a quién preguntar, con miedo a que se entere el vecino o el banco del pueblo. Por eso trabajamos a distancia y con discreción: un abogado especializado estudia tu caso por teléfono o videollamada y te dice, sin compromiso de contratar, si la ley de segunda oportunidad es una opción real para ti.
Este mecanismo permite cancelar deudas a particulares y autónomos que no pueden pagarlas y actúan de buena fe. No es una forma de dejar de pagar lo que se puede pagar: es una solución legal para quien ha llegado a la insolvencia, con un juez que revisa cada parte del expediente y decide al final qué deudas se exoneran.
Lo que miramos en el estudio de tu caso
- Insolvencia. Que no puedas cumplir con regularidad tus obligaciones de pago, o que vayas a dejar de poder hacerlo en los próximos tres meses (art. 2 TRLC).
- Buena fe. Que no tengas, en los diez años anteriores, una condena firme por los delitos económicos del art. 487.1.1.º TRLC ni sanciones firmes muy graves tributarias o de Seguridad Social.
- Tipo de deudas. Bancos, financieras, proveedores, Hacienda o Seguridad Social, y si alguna tiene garantía o un avalista detrás.
- Bienes y familia. Si tienes vivienda, tierras, un local o un vehículo de trabajo, y cómo está repartido el patrimonio con tu familia.
Con esa información te damos una respuesta concreta en pocos días, con las dudas resueltas por escrito si lo prefieres. Si tu caso no encaja, también te lo decimos, y te explicamos qué alternativas tienes: una negociación con el acreedor, una reclamación por usura o un plan de reestructuración de la deuda.