Reclama Legal · Banca

Abogados para cancelar deudas con Ley de Segunda Oportunidad en A Coruña

Ley de Segunda Oportunidad en A Coruña

01 · Panorama

La situación del endeudamiento en A Coruña

A Coruña combina el textil, con la sede de Inditex en Arteixo, el puerto y la pesca, la industria conservera, la refinería y una economía de servicios muy amplia en la ciudad y en su área metropolitana.

El acceso al crédito al consumo y a tarjetas revolving es habitual en A Coruña, lo que multiplica los expedientes con perfil de sobreendeudamiento por consumo. La Ley de Segunda Oportunidad ofrece a estos perfiles una vía estructurada para volver a empezar.

Galicia
Cobertura nacional
02 · Alcance

¿Qué deudas puedes cancelar en A Coruña?

A través de la Ley de Segunda Oportunidad puedes cancelar la mayoría de tus deudas. En A Coruña las deudas que más revisamos son de ABANCA, CaixaBank, Banco Santander y financieras de consumo.

4 categorías
TRLC 486-502

Deudas bancarias

Préstamos personales, créditos y descubiertos con ABANCA, CaixaBank o cualquier otra entidad: los alcanza la exoneración. En las deudas con garantía real, como la hipoteca, solo se cancela lo que el valor del inmueble no cubre (arts. 489.1.8.º y 492 bis TRLC), y el avalista sigue obligado a pagar (art. 492 TRLC).

Tarjetas revolving

Tarjetas de Wizink, Cetelem, Cofidis o de tu banco y préstamos rápidos: créditos ordinarios que se pueden cancelar. Si hay usura, antes se reclama su nulidad.

Hacienda (hasta 10.000 €)

Con la Agencia Tributaria el límite de exoneración es de 10.000 euros: lo que debas hasta 5.000 euros se cancela entero, y por encima, la mitad (art. 489.1.5.º TRLC).

Seguridad Social

Cuotas de autónomo y recargos con la Tesorería: tope propio de 10.000 euros y la misma regla (Ley 16/2022, BOE-A-2022-14580). No alcanza a las sanciones muy graves (art. 489.1.6.º TRLC).

03 · Foro

El procedimiento ante los juzgados de A Coruña

Desde la LO 7/2022, el concurso de toda persona física corresponde al juez de lo mercantil (art. 44 TRLC). En la provincia lo tramita la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de A Coruña, con sede en la ciudad y competencia también para quien vive en Santiago, Ferrol o cualquier otro partido judicial coruñés.

Es el mismo órgano si tienes nómina o si eres autónomo. Las apelaciones las resuelve la Audiencia Provincial de A Coruña. Preparamos y presentamos la solicitud de forma telemática: solo tendrías que acudir si el juez te cita, algo poco habitual.

Sección Mercantil
A Coruña (provincial)
Requisitos legales

Requisitos y procedimiento concursal en A Coruña

La Ley de Segunda Oportunidad exige dos condiciones básicas: encontrarte en situación de insolvencia actual o inminente (no puedes atender regularmente tus obligaciones de pago) y ser deudor de buena fe, es decir, no tener condena firme, en los diez años anteriores, por delitos contra el patrimonio, el orden socioeconómico o la Hacienda Pública, ni sanción firme muy grave tributaria o de Seguridad Social (art. 487.1 TRLC). No importa el origen de la deuda: préstamos personales, microcréditos, tarjetas, avales o deuda pública dentro de los límites legales.

El procedimiento es un concurso de acreedores de persona física que tramita la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de A Coruña, seas particular o autónomo. Nuestro equipo, especializado en derecho mercantil y concursal, solicita la exoneración del pasivo insatisfecho (el antiguo BEPI) por una de las dos vías que permite el Texto Refundido de la Ley Concursal: exoneración con plan de pagos, que te permite conservar tu vivienda habitual mientras cumples un calendario de tres a cinco años, o exoneración con liquidación de la masa activa, más rápida cuando no hay patrimonio que proteger. En cuanto se declara el concurso, quedan en suspenso los embargos y ejecuciones en curso y no pueden iniciarse otros (arts. 142 y 143 TRLC).

Abogados en A Coruña

Abogados ley segunda oportunidad en A Coruña: experiencia y cercanía

Si buscas abogados ley segunda oportunidad en A Coruña, seguramente ya has intentado otras opciones: refinanciar, pedir un préstamo para pagar otro o negociar con cada acreedor por separado. Es lo que nos cuentan casi todos los clientes de la ciudad y de su área, de Arteixo, Oleiros, Culleredo o Cambre, y también de Santiago, Ferrol, Carballo o Betanzos. Cuando las cuotas superan los ingresos durante meses, el problema ya no se arregla con fuerza de voluntad: hace falta una solución legal.

La ley de segunda oportunidad en A Coruña funciona igual que en el resto de España, porque es una ley estatal. Es un mecanismo de la justicia para que el deudor de buena fe que no puede pagar obtenga del juez la cancelación de sus deudas, con las excepciones que fija la norma. Lo que cambia de un despacho a otro es el estudio previo, la calidad del expediente y la atención durante todo el procedimiento.

Los casos que más atendemos en la provincia

  • Asalariados con financiación al consumo: préstamos personales, tarjetas revolving y compras a plazos que se encadenaron hasta no poder con la carga.
  • Autónomos del mar, el comercio o la hostelería que cerraron el negocio con deudas con proveedores, con la administración tributaria y con la Seguridad Social.
  • Socios y administradores de pequeñas empresas que avalaron los préstamos de la sociedad con su patrimonio personal.
  • Familias con hipoteca que quieren conservar la propiedad de la vivienda y necesitan resolver el resto de las deudas.

A todos les damos una respuesta clara tras el estudio: qué posibilidades reales tienen, qué deudas quedarían y qué opciones hay antes de ir al juzgado.

Un despacho de abogados especialistas, a una llamada

El contacto es directo: llamas por teléfono, escribes un email o pides una cita por videollamada, y en pocos días un abogado especialista revisa tu caso. No necesitas venir a una oficina; la mayoría de nuestros clientes de Santiago de Compostela, Ferrol o la Costa da Morte hacen todo el trámite a distancia. Desde ese momento tienes un nombre de referencia y un compromiso: explicarte en cada fase qué pasa, cuánto tiempo puede llevar y qué estrategia seguimos.

Muchas veces, antes de pedir la exoneración de deudas, hay reclamaciones que hacer. Revisamos los intereses de cada tarjeta y las cláusulas de cada préstamo, porque una sentencia por usura reduce la cantidad que debes y en ocasiones permite llegar a un acuerdo sin concurso. Somos especialistas en ley de segunda oportunidad y en derecho bancario, y ese conocimiento de las dos materias es lo que nos permite proponerte la vía con más sentido para tu dinero.

La ley de segunda oportunidad en Galicia se aplica igual en las cuatro provincias. Si vives en Vigo o en Pontevedra, tu concurso no iría a A Coruña sino al órgano mercantil de tu provincia, porque cada uno tiene un ámbito provincial; podemos llevarlo igualmente a distancia. Atendemos a trabajadores, pensionistas y empresarios individuales con impagos de todo tipo, y también a quien tiene deuda de crédito público con Hacienda o con la Seguridad Social, que la ley trata con reglas propias.

04 · Proceso

Cinco pasos en A Coruña. Cero sorpresas.

Desde el primer análisis hasta el auto de exoneración. Sin pagos por adelantado, sin coste si la viabilidad no llega.

Duración
varía con cada caso
01

Análisis

24 horas

Un abogado del despacho estudia tu situación financiera completa y te confirma si la Ley de Segunda Oportunidad es viable en tu caso.

02

Documentación

2–4 semanas

Reunimos contigo la relación de acreedores y deudas, el inventario de bienes y los justificantes de ingresos, y comprobamos los requisitos de buena fe.

03

Solicitud judicial

1–2 meses

Presentamos la solicitud en la Sección de lo Mercantil de A Coruña, con abogado y procurador, junto con la memoria, el inventario y la relación de acreedores (arts. 6 y 7 TRLC).

04

Concurso y exoneración

6–10 meses

Tramitamos el concurso y solicitamos la exoneración del pasivo insatisfecho (arts. 486-502 TRLC).

05

Vida sin deudas

Cierre

Lo exonerado deja de poder reclamarse (art. 490 TRLC). El auto ordena a los acreedores comunicarlo a los ficheros de morosidad, y con un testimonio puedes pedir tú la actualización (art. 492 ter TRLC).

Profesionales del derecho concursal

Asesoramiento en cada fase: de la presentación a la exoneración

Nuestros profesionales tienen experiencia en derecho concursal y bancario, y el objetivo es siempre el mismo: que llegues al final del procedimiento con la mejor protección posible. Así trabajamos:

  • Estudio y documentación. Revisamos tus contratos, extractos y certificados, y preparamos la memoria, el inventario y la lista de acreedores que pide la ley (arts. 6 y 7 TRLC).
  • Presentación y declaración. Presentamos la solicitud con procurador. Con la declaración del concurso se suspenden los embargos y no caben otros nuevos (arts. 142 y 143 TRLC).
  • Tramitación de la exoneración. Con liquidación, si no hay bienes que proteger (art. 501 TRLC), o con plan de pagos, si quieres conservarlos (art. 495 TRLC).
  • Defensa ante oposiciones. Un acreedor solo puede oponerse por falta de requisitos legales, y esa oposición se resuelve en un incidente concursal (art. 502 TRLC).

Tú también tienes deberes: colaborar con el juez y con la administración concursal, informar de todo tu patrimonio y no ocultar ingresos. Si se descubre una ocultación, cualquier acreedor puede pedir la revocación en los tres años siguientes (art. 493 TRLC). Te lo explicamos con detalle porque es un punto en el que conviene no tener dudas.

Si fuiste administrador de una sociedad

En A Coruña es habitual que el negocio familiar funcionara como sociedad limitada. La sociedad tiene su propio concurso; en el tuyo entran tus deudas personales y los avales que firmaste. Hay que mirar con especial cuidado si Hacienda o la Seguridad Social te derivaron la responsabilidad en los diez años anteriores, porque si no lo pagaste impide la exoneración (art. 487.1.2.º TRLC), y también si hay responsabilidad civil derivada de delito, que no se cancela (art. 489.1.2.º TRLC).

No publicamos casos de éxito ni porcentajes de resultados: cada resolución depende del juez y de tus circunstancias. Lo que sí te ofrecemos es atención directa a tus necesidades, información en cada punto del procedimiento y un abogado de referencia. El beneficio de hacerlo bien es salir del concurso con las deudas canceladas y la tranquilidad de no volver a vivir pendiente de cada cargo en la cuenta.

Si estás en situación de sobreendeudamiento, la ley permite eliminar deudas, pero no la totalidad en todos los casos ni de cualquier manera. Un abogado especializado y experto en la normativa concursal te explica qué dice cada artículo aplicable, qué recursos caben si el administrador concursal o un acreedor ponen dificultades y qué alternativa existe si tu caso no encaja. Ese asesoramiento legal, en plena crisis personal, es lo que más valoran quienes han pasado por el procedimiento.

05 · Marco normativo

Particularidades normativas en Galicia

Galicia tiene un derecho civil propio en la Ley 2/2006, con reglas sobre sucesiones, comunidades y régimen económico del matrimonio. El concurso se rige por el TRLC estatal, pero esas normas gallegas sirven para fijar qué bienes van al inventario, por ejemplo en una herencia que todavía no se ha repartido.

TRLC + Ley 16/2022
BOE-A-2022-14580
06 · Servicios relacionados

Más allá de la Segunda Oportunidad

Muchos clientes que se acogen a la Ley de Segunda Oportunidad también pueden reclamar por abusos bancarios. Estos son los frentes habituales que revisamos contigo en A Coruña.

Cross-vertical
1993 → 2026

IRPH

Si tu hipoteca aplica el IRPH, estudiamos si la entidad te informó del índice con la transparencia que exigen el TJUE y el Tribunal Supremo.

Tarjetas revolving

Wizink, Cetelem, Cofidis. Con la STS 258/2023, una revolving es usuraria si su TAE supera en más de 6 puntos la media del mercado en la fecha de contratación.

Gastos hipotecarios

Los gastos de notaría, registro, gestoría y tasación de la hipoteca que correspondían al banco y abonaste tú.

07 · Preguntas frecuentes

Lo que nos preguntan en A Coruña

FAQ schema
JSON-LD
01¿Qué juzgado lleva la Ley de Segunda Oportunidad en A Coruña?+

La Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de A Coruña, competente en toda la provincia. Desde la LO 7/2022 tramita el concurso de cualquier persona física, sea particular o autónoma (art. 44 TRLC).

02¿Cuánto tarda el procedimiento en A Coruña?+

No hay un plazo cerrado: depende de la vía y del volumen de asuntos de la Sección de lo Mercantil. Con liquidación, la exoneración llega con la conclusión del concurso. Con plan de pagos, el juez concede una exoneración provisional y la definitiva al cumplirlo, en tres años o en cinco si conservas la vivienda habitual (arts. 497 y 500 TRLC).

03¿Puedo conservar mi vivienda en A Coruña?+

La hipoteca tiene un tratamiento especial. Si estás al corriente de pago y la cuota es asumible, puedes conservar la vivienda dentro del plan de pagos. Si no puedes mantener la cuota, la vivienda se vende en la liquidación y solo se exonera la parte de la hipoteca que no se cubra con el precio (art. 492 bis TRLC).

04¿Necesito acudir presencialmente al juzgado?+

Tu abogado se encarga de todas las gestiones procesales. Solo necesitas acudir si el juez te convoca a una vista, supuesto poco frecuente en los expedientes BEPI tramitados telemáticamente.

05¿Cómo se solicita la segunda oportunidad?+

Con una solicitud de concurso firmada por abogado y procurador (art. 6.2 TRLC), acompañada de la memoria de tu situación económica, el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores (art. 7 TRLC). Después se pide la exoneración del pasivo insatisfecho, por la vía de liquidación o por la del plan de pagos.

06¿Qué es la ley de segunda oportunidad en A Coruña?+

La misma que en el resto de España: la exoneración del pasivo insatisfecho de los arts. 486 a 502 del texto refundido de la ley concursal, reformado por la Ley 16/2022. Lo propio de A Coruña es el órgano que la aplica, la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia, que tiene competencia en toda la provincia.

07Si me conceden la exoneración, ¿puedo volver a pedirla en el futuro?+

Sí, pero no enseguida: la ley exige dejar pasar dos años desde la exoneración definitiva con plan de pagos, o cinco desde la exoneración con liquidación (art. 488 TRLC). Y en esa segunda ocasión la deuda con Hacienda y con la Seguridad Social ya no se puede cancelar (art. 489.3 TRLC).

Análisis gratuito

¿Empezamos por tu caso?

Cuéntanos tu situación. En menos de 24h un abogado del despacho revisa el caso, te confirma viabilidad y cuantifica el importe reclamable.