Reclama Legal · Banca

Abogados para cancelar deudas con Ley de Segunda Oportunidad en Santander

Ley de Segunda Oportunidad en Santander

01 · Panorama

La situación del endeudamiento en Santander

Santander es la capital de Cantabria y su área urbana se extiende hacia Camargo, El Astillero y Santa Cruz de Bezana. Los expedientes que nos llegan desde aquí son sobre todo de deuda de consumo acumulada, hipotecas que pesan demasiado y autónomos que tuvieron que cerrar.

El acceso al crédito al consumo y a tarjetas revolving es habitual en Santander, lo que multiplica los expedientes con perfil de sobreendeudamiento por consumo. La Ley de Segunda Oportunidad ofrece a estos perfiles una vía estructurada para volver a empezar.

Cantabria
Cobertura nacional
02 · Alcance

¿Qué deudas puedes cancelar en Santander?

A través de la Ley de Segunda Oportunidad puedes cancelar la mayoría de tus deudas. En Santander revisamos a menudo deudas con Banco Santander, Unicaja, CaixaBank, BBVA y financieras de consumo.

4 categorías
TRLC 486-502

Deudas bancarias

Préstamos, créditos al consumo y descubiertos, sea cual sea el banco, son deuda ordinaria y pueden cancelarse. La hipoteca, en cambio, solo se exonera en la parte que excede del valor de la garantía (art. 489.1.8.º TRLC), y los avalistas no se benefician de tu exoneración (art. 492.1 TRLC).

Tarjetas revolving

Tarjetas de Wizink, Cetelem o Cofidis, las de tu banco y los minicréditos online: deuda sin garantía que entra en la exoneración. Si la TAE era usuraria, conviene reclamar antes.

Hacienda (hasta 10.000 €)

Ante la Agencia Tributaria se cancelan hasta 10.000 euros por deudor: íntegros los primeros 5.000 y al 50 % lo que pase de ahí (art. 489.1.5.º TRLC).

Seguridad Social

Las deudas con la Seguridad Social tienen otro tope de 10.000 euros con la misma regla (art. 489.1.5.º TRLC); las multas y sanciones muy graves quedan fuera (art. 489.1.6.º TRLC).

03 · Foro

El procedimiento ante los juzgados de Santander

En Cantabria el concurso de cualquier persona física lo tramita la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Santander, con competencia en toda la comunidad. Es así desde la LO 7/2022, que devolvió estos concursos al juez de lo mercantil (art. 44 TRLC); la LO 1/2025 convirtió después los antiguos juzgados en secciones del Tribunal de Instancia.

Particular, pensionista o autónomo: el órgano es el mismo, y de los recursos conoce la Audiencia Provincial de Cantabria. Preparamos y presentamos la solicitud de forma telemática: solo tendrías que acudir si el juez te cita, algo poco habitual.

Mercantil de Santander
toda Cantabria
Requisitos legales

Requisitos y procedimiento concursal en Santander

La Ley de Segunda Oportunidad exige dos condiciones básicas: encontrarte en situación de insolvencia actual o inminente (no puedes atender regularmente tus obligaciones de pago) y ser deudor de buena fe, es decir, no tener condena firme en los 10 años anteriores por delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico o contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, ni sanción firme por infracciones tributarias muy graves (art. 487.1 TRLC). No importa el origen de la deuda: préstamos personales, microcréditos, tarjetas, avales o deuda pública dentro de los límites legales.

El procedimiento es un concurso de acreedores de persona física que se tramita ante la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Santander, seas particular o autónomo. Nuestro equipo, especializado en derecho mercantil y concursal, solicita la exoneración del pasivo insatisfecho (el antiguo BEPI) por una de las dos vías que permite el Texto Refundido de la Ley Concursal: exoneración con plan de pagos, que te permite conservar tu vivienda habitual mientras cumples un calendario de tres a cinco años, o exoneración con liquidación de la masa activa, más rápida cuando no hay patrimonio que proteger. Declarado el concurso, los embargos que ya pesaban sobre ti se paran y no se pueden iniciar otros (arts. 142 y 143 TRLC).

Abogados en Santander

Abogado para cancelar deudas en Santander: asesoramiento experto para salir de la deuda

Cuando las cuotas superan lo que entra en casa, cada mes se parece al anterior: pagar una tarjeta con otra, aplazar recibos, atender llamadas de recobro. Si vives en Santander o en cualquier municipio de Cantabria y estás en ese punto, la Ley de Segunda Oportunidad es el mecanismo legal que permite a un particular o a un autónomo pedir al juez que cancele las deudas que no puede pagar. Funciona a través de un concurso de acreedores de persona física y termina con la exoneración del pasivo insatisfecho.

Para acogerte a la ley tienes que cumplir una serie de requisitos: encontrarte en situación de insolvencia, ser deudor de buena fe y poner a disposición del concurso los bienes a tu nombre, salvo los inembargables. No es una manera de eliminar deudas sin más, sino una herramienta para quien de verdad no puede pagar deudas que se han vuelto inasumibles. Nuestro objetivo es que llegues a obtener la exoneración con un expediente sólido y en el menor tiempo posible.

Como abogado especializado en esta materia, lo primero que te damos es información clara: si tu caso encaja, qué deudas se cancelarían, cuáles no y qué riesgos tiene cada opción. A veces la mejor solución no es el concurso, sino una reclamación por usura contra una tarjeta o un acuerdo con un único acreedor, y en ese caso te lo decimos.

¿Y si la deuda es con el Banco Santander?

Es una de las dudas que más nos plantean en Cantabria. Una deuda con el Banco Santander se trata igual que la de cualquier otra entidad: préstamos personales, tarjetas y descubiertos son créditos ordinarios y entran en la exoneración, y la hipoteca solo se cancela en la parte que no cubre el valor de la vivienda. Antes del concurso existe la posibilidad de intentar un aplazamiento o una quita con el propio banco, y si el contrato tiene intereses usurarios o cláusulas abusivas, reclamarlos supone una reducción real de la cantidad que debes. Si la deuda es antigua, revisamos también la prescripción: las acciones personales sin plazo especial prescriben a los cinco años (art. 1964.2 del Código Civil), salvo que el acreedor la haya interrumpido con una reclamación.

Problemas que atendemos en Santander y su comarca

  • Particulares con varios préstamos y tarjetas que han convertido una dificultad puntual en una carga permanente.
  • Autónomos y pequeñas empresas del comercio, la hostelería o los servicios que cerraron el negocio con deudas con proveedores, con Hacienda y con la Seguridad Social.
  • Avalistas que firmaron por un familiar o por una sociedad y ahora responden con su propiedad.
  • Familias con hipoteca que quieren conservar la vivienda y reorganizar todo lo demás.

Trabajamos con clientes de Santander, Torrelavega, Camargo, El Astillero, Santa Cruz de Bezana, Piélagos, Laredo o Castro Urdiales. Todos esos concursos van al mismo órgano, porque la competencia mercantil en Cantabria es provincial, y la tramitación es telemática: no tendrás que desplazarte salvo que el juez te cite. Puedes contactar con nuestro despacho de abogados por teléfono, por email o con el formulario de contacto de esta página, y en pocos días tendrás una primera evaluación de tu caso.

04 · Proceso

Cinco pasos en Santander. Cero sorpresas.

Desde el primer análisis hasta el auto de exoneración. Sin pagos por adelantado, sin coste si la viabilidad no llega.

Plazo
variable
01

Análisis

24 horas

Un abogado del despacho estudia tu situación financiera completa y te confirma si la Ley de Segunda Oportunidad es viable en tu caso.

02

Documentación

2–4 semanas

Reunimos contigo la relación de acreedores y deudas, el inventario de bienes y los justificantes de ingresos, y comprobamos los requisitos de buena fe.

03

Solicitud judicial

1–2 meses

Presentamos tu solicitud ante la Sección de lo Mercantil de Santander, con abogado y procurador, y con la memoria, el inventario de bienes y la relación de acreedores (arts. 6 y 7 TRLC).

04

Concurso y exoneración

6–10 meses

Tramitamos el concurso y solicitamos la exoneración del pasivo insatisfecho (arts. 486-502 TRLC).

05

Vida sin deudas

Cierre

Ningún acreedor puede reclamarte ya lo exonerado (art. 490 TRLC). El auto manda comunicarlo a los ficheros de solvencia como ASNEF, y con un testimonio puedes pedirlo tú mismo (art. 492 ter TRLC).

Cómo trabajamos

Especialistas en la ley de segunda oportunidad: tramitación, deberes y resultados

Cada abogado experto de nuestro equipo, especializado en ley de segunda oportunidad, tiene experiencia en derecho concursal y bancario, y el conocimiento de la legislación se nota en cada fase del expediente:

  • Estudio previo. En la primera consulta analizamos ingresos, gastos, bienes y deudas para ver si estás en insolvencia actual o inminente, y repasamos una a una las excepciones del art. 487.1 TRLC.
  • Tramitación de la solicitud. La presentamos en el modelo oficial, con firma de abogado y procurador (art. 6.2 TRLC), junto con la memoria, el inventario y la relación de acreedores.
  • Protección frente a los embargos. Con la declaración del concurso no pueden iniciarse nuevas ejecuciones ni apremios, y las que estaban en marcha se suspenden (arts. 142 y 143 TRLC). El embargo de salarios y de cuentas deja de estar en mano de cada acreedor y pasa al control del juez.
  • Exoneración. Por liquidación de la masa activa o por plan de pagos, según tengas o no bienes que proteger, como la vivienda o el vehículo con el que trabajas (art. 486 TRLC).

Tus deberes durante el concurso

El juez exige colaboración. Tienes que facilitar toda la información que te pidan el juez y la administración concursal, y no puedes ocultar bienes, derechos ni ingresos. Si incumples esos deberes, la exoneración se deniega (art. 487.1.5.º TRLC), y si la ocultación se descubre más tarde, cualquier acreedor puede pedir que se revoque (art. 493.1.1.º TRLC). También se mira cómo te endeudaste: haber dado información falsa al pedir un préstamo o haberte endeudado de forma temeraria es otra causa de denegación (art. 487.1.6.º TRLC). Y si al pedirla tenías abierto un procedimiento penal por esos delitos y en los tres años siguientes recae sentencia condenatoria firme, la exoneración también puede revocarse (art. 493.1.3.º TRLC).

Un ejemplo para entenderlo

Imagina a una persona de Torrelavega con un salario de 1.400 euros al mes, dos préstamos de financiación al consumo, una tarjeta revolving y 6.000 euros de deuda con Hacienda de su etapa como autónoma. Sin bienes que proteger, puede iniciar el proceso por la modalidad de liquidación. Si el juez le concede la exoneración, los préstamos y la tarjeta se cancelan, y de la deuda tributaria se perdonan 5.500 euros: los primeros 5.000 enteros y la mitad de los 1.000 restantes (art. 489.1.5.º TRLC). Los 500 euros del resto los sigue debiendo. Es un caso orientativo: cada expediente depende de la decisión judicial y de la situación económica de cada persona.

Lo que no te vamos a prometer

No publicamos porcentajes de éxito ni garantizamos resultados, porque cada concurso depende de la resolución judicial y de tus circunstancias. Lo que sí te damos es un abogado de referencia, atención profesional y directa, respuestas en pocos días y un expediente preparado con cuidado. Asumimos la responsabilidad de cada trámite desde el primer momento, y ese es nuestro compromiso. La ley no pone una cuantía mínima ni máxima; lo mismo vale para un préstamo de 15.000 euros y dos tarjetas que para varios millones de euros de deuda de un negocio familiar que no salió adelante. La clave es la insolvencia y la buena fe, y la gran ventaja, el beneficio que buscas, es que, concedida la exoneración, ese dinero ya no se te puede reclamar.

05 · Marco normativo

Particularidades normativas en Cantabria

Cantabria no tiene derecho civil propio, así que tanto el concurso como el régimen de tus bienes se rigen por el TRLC y el Código Civil. Si estás casado en gananciales, ten en cuenta que la exoneración de deudas comunes no alcanza a tu cónyuge hasta que obtenga también la suya (art. 491 TRLC).

TRLC + Ley 16/2022
BOE-A-2022-14580
06 · Servicios relacionados

Más allá de la Segunda Oportunidad

Muchos clientes que se acogen a la Ley de Segunda Oportunidad también pueden reclamar por abusos bancarios. Estos son los frentes habituales que revisamos contigo en Santander.

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1993 → 2026

IRPH

Si tu hipoteca está referenciada al IRPH, revisamos si el banco te explicó cómo funcionaba el índice, con el criterio de transparencia del TJUE y del Tribunal Supremo.

Tarjetas revolving

Wizink, Cetelem, Cofidis. Con la STS 258/2023, una revolving es usuraria cuando su TAE supera en más de 6 puntos la media de esas tarjetas en el mes de la firma.

Gastos hipotecarios

Notaría, gestoría, registro y tasación de la hipoteca: comprobamos qué gastos correspondían al banco y los reclamamos.

07 · Preguntas frecuentes

Lo que nos preguntan en Santander

FAQ schema
JSON-LD
01¿Qué juzgado lleva la Ley de Segunda Oportunidad en Santander?+

La Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Santander, competente en toda Cantabria. Lleva el concurso de toda persona física, empresaria o no, desde la LO 7/2022 (art. 44 TRLC).

02¿Cuánto tarda el procedimiento en Santander?+

Depende de la vía y de la carga de la sección. Con liquidación, la exoneración se concede al concluir el concurso; con plan de pagos, este dura tres años, o cinco si mantienes tu vivienda habitual, y al cumplirlo llega la exoneración definitiva (arts. 497 y 500 TRLC).

03¿Puedo conservar mi vivienda en Santander?+

La hipoteca tiene un tratamiento especial. Si estás al corriente de pago y la cuota es asumible, puedes conservar la vivienda dentro del plan de pagos. Si la cuota ya no es asumible, la vivienda se vende en la liquidación y solo se exonera la deuda hipotecaria que quede sin cubrir (art. 492 bis TRLC).

04¿Necesito acudir presencialmente al juzgado?+

Tu abogado se encarga de todas las gestiones procesales. Solo necesitas acudir si el juez te convoca a una vista, supuesto poco frecuente en los expedientes BEPI tramitados telemáticamente.

05¿Qué pasa si tengo una deuda con el Banco Santander y no puedo pagarla?+

Si dejas de pagar, el banco puede presentar una demanda, pedir embargos y comunicar el impago a los ficheros de morosidad. Si además tienes otras deudas y estás en insolvencia, la deuda con el Banco Santander entra en el concurso como cualquier otra: el préstamo o la tarjeta pueden cancelarse y la hipoteca, solo en la parte que no cubre la vivienda (arts. 489.1.8.º y 492 bis TRLC).

06¿Hace falta un acuerdo extrajudicial de pagos antes del concurso?+

No es obligatorio. La Ley 16/2022, de 5 de septiembre, suprimió ese paso previo y hoy el concurso se pide directamente. La negociación sigue siendo útil cuando casi toda la deuda está con una misma entidad; lo decidimos contigo.

07¿Qué documentos necesito para empezar?+

DNI, nóminas o pensión, vida laboral, las declaraciones del IRPF de los tres últimos ejercicios (arts. 495.1 y 501.3 TRLC), el informe de la CIRBE, los contratos y extractos de cada deuda y los certificados de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social. Te ayudamos a reunirlos.

08¿Se puede pedir la segunda oportunidad más de una vez?+

Sí, aunque hay que esperar: cinco años desde la exoneración por liquidación, o dos desde la definitiva si fue con plan de pagos (art. 488 TRLC). En esa nueva solicitud no se perdona nada de crédito público, ni de Hacienda ni de la Seguridad Social (art. 489.3 TRLC).

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