Ley de Segunda Oportunidad para Autónomos: Requisitos y Proceso - Reclama Legal
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Ley de Segunda Oportunidad para Autónomos: Requisitos y Proceso

Si eres autónomo y las deudas se han convertido en una carga insostenible, la Ley de Segunda Oportunidad puede ser la solución. Esta ley permite a los trabajadores por cuenta propia cancelar sus deudas y empezar de cero, tanto las personales como las derivadas de su actividad profesional. Te explicamos los requisitos, el proceso y las particularidades para autónomos.

La Ley de Segunda Oportunidad y los autónomos

La Ley 25/2015, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, permite a las personas físicas — incluidos los autónomos — acceder al Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), es decir, a la cancelación judicial de sus deudas.

Para los autónomos, esta ley tiene una importancia especial. Muchos trabajadores por cuenta propia responden con su patrimonio personal de las deudas de su negocio, sin la protección de la responsabilidad limitada que ofrece una sociedad. Cuando el negocio fracasa, el autónomo se encuentra con deudas que puede arrastrar durante décadas.

¿Qué tipos de autónomos pueden acogerse?

  • Autónomos en activo: que siguen ejerciendo su actividad pero tienen deudas inasumibles
  • Autónomos que han cesado: que han cerrado su negocio y arrastran deudas
  • Autónomos económicamente dependientes (TRADE): con las mismas condiciones que cualquier autónomo
  • Autónomos societarios: con particularidades derivadas de su condición de administradores

Requisitos para autónomos

Los requisitos para que un autónomo pueda acogerse a la LSO son los mismos que para cualquier persona física, con algunas particularidades:

Requisitos generales

Requisito Descripción
Buena fe del deudor No haber sido condenado por delitos económicos en los 10 últimos años
Insolvencia actual o inminente No poder hacer frente a las deudas con los ingresos y patrimonio actuales
Intento previo de acuerdo Haber intentado un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores
No haber obtenido el BEPI en 5 años No haberse beneficiado de la LSO en los últimos 5 años
No haber rechazado oferta laboral adecuada No haber rechazado una oferta de empleo en los 4 años anteriores (solo si no estás en activo como autónomo)

Particularidades para autónomos

  • Deudas mixtas: el autónomo puede tener deudas personales (hipoteca, tarjetas) y profesionales (proveedores, cotizaciones, impuestos). La LSO permite incluir ambas en el mismo procedimiento
  • No es necesario cerrar el negocio: puedes mantener tu actividad como autónomo durante y después del proceso
  • Deudas con Hacienda y SS: se aplican las mismas reglas que para cualquier persona física (límite de 10.000 euros por organismo para la exoneración)

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Deudas que se pueden cancelar

La LSO permite cancelar la mayoría de las deudas del autónomo. Veamos el detalle:

Deudas exonerables (se cancelan)

  • Préstamos bancarios personales y profesionales
  • Tarjetas de crédito y revolving
  • Deudas con proveedores y acreedores comerciales
  • Deudas derivadas de avales personales
  • Deudas con la Seguridad Social (hasta 10.000 €)
  • Deudas con Hacienda (hasta 10.000 €)
  • Deudas con empresas de suministros (luz, gas, telecomunicaciones)

Deudas no exonerables (no se cancelan)

  • Deudas por alimentos (pensión alimenticia a hijos)
  • Deudas derivadas de responsabilidad extracontractual por daños (indemnizaciones por accidentes, etc.)
  • Deudas con Hacienda y Seguridad Social superiores a 10.000 euros (pero se pueden incluir en un plan de pagos)
  • Multas penales y sanciones administrativas

Proceso de la LSO para autónomos

El procedimiento tiene dos fases principales:

Fase 1: Acuerdo Extrajudicial de Pagos (AEP)

Es un intento obligatorio de negociación con los acreedores antes de acudir al juez:

  1. Solicitud ante notario o mediador concursal: se presenta un escrito detallando todas tus deudas, tus ingresos y tu patrimonio.
  2. Nombramiento de mediador: se designa un mediador concursal que convoca a todos tus acreedores.
  3. Negociación: el mediador intenta alcanzar un acuerdo con los acreedores (quita de deuda, aplazamiento, o ambos). Esta fase dura unos 3 meses.
  4. Si hay acuerdo: se cumple el plan de pagos pactado y las deudas restantes se cancelan.
  5. Si no hay acuerdo: se pasa a la fase judicial (concurso consecutivo).

Fase 2: Concurso Consecutivo y BEPI

Si no se alcanza acuerdo, el mediador solicita al juzgado la apertura del concurso consecutivo:

  • El juez examina tu situación patrimonial y la buena fe
  • Se liquida el patrimonio no protegido (si lo hay) para pagar a los acreedores
  • Las deudas que no se hayan podido pagar se cancelan mediante el BEPI
  • Se puede solicitar un plan de pagos de hasta 5 años para las deudas no exonerables

¿Qué patrimonio está protegido?

No todo tu patrimonio se liquida en el proceso. Están protegidos:

  • Vivienda habitual: en muchos casos puede protegerse, especialmente si su valor no cubre la deuda hipotecaria o si se negocia un plan de pagos para la hipoteca
  • Bienes necesarios para tu actividad profesional: herramientas, vehículo de trabajo, equipo informático necesario para ejercer como autónomo
  • Salario y ingresos mínimos: se aplica el límite del SMI inembargable
  • Bienes de valor escaso: enseres domésticos, ropa, objetos personales

Ventajas específicas para autónomos

Ventaja Descripción
Cancelación de avales Si avalaste personalmente deudas de tu negocio, el BEPI puede cancelar esos avales
Salir de ficheros de morosos Una vez obtenido el BEPI, los bancos deben solicitar tu baja de ASNEF y otros ficheros
Continuar como autónomo Puedes seguir ejerciendo tu actividad y emprender nuevos proyectos
Protección frente a embargos Desde que se inicia el procedimiento, se paralizan las ejecuciones y embargos
Plan de pagos flexible Para deudas no exonerables, puedes negociar un plan de hasta 5 años adaptado a tus ingresos

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