El boom y crash de las criptomonedas ha generado un perfil nuevo de insolvencia: personas con préstamos personales y tarjetas que financiaron inversiones digitales y se quedaron sin capacidad de devolverlas. La Ley de Segunda Oportunidad cubre el pasivo subyacente.
Qué es deuda exonerable y qué no
| Concepto | Exonerable |
|---|---|
| Préstamo personal banco para invertir crypto | Sí |
| Tarjeta de crédito/revolving | Sí |
| Microcrédito online | Sí |
| Línea de margen plataforma crypto | Sí (con matices procesales) |
| Pérdida patrimonial bruta sin financiación | No es deuda, no aplica |
| Plusvalía crypto declarada IRPF | Sí, hasta 10.000 € AEAT |
| Deudas con familiares por inversión | Sí, si están documentadas |
| Inversiones en stake con bloqueo | No es deuda, son fondos comprometidos |
Caso típico crypto + insolvencia
Perfil habitual: préstamo personal 30.000-60.000 € pedido en 2021 para invertir en BTC, ETH o altcoins, con caída del 60-80% del valor en 2022-2023. La cuota mensual del préstamo es inasumible y aparece pasivo adicional en tarjeta revolving por intentar mantener pagos.
Plataformas en quiebra: deudas que asumir
Casos como FTX, Celsius o BlockFi han generado deudores cruzados. Si tomaste préstamo en margen y la plataforma quebró sin liquidar tu posición:
- El saldo deudor sigue siendo tuyo a efectos del administrador concursal de la plataforma.
- Esa deuda puede incluirse en tu LSO española notificando al administrador correspondiente.
- La complejidad procesal (jurisdicción extranjera) requiere abogado con experiencia en concurso internacional.
- Si la plataforma ya ha liquidado posición, no hay deuda y no procede.
Estafas crypto: rug pulls, ICO fraudulentas, esquemas Ponzi
Si financiaste con préstamos una inversión que resultó ser estafa:
- El préstamo bancario sigue siendo tu deuda frente al banco. No se anula porque la inversión fuera estafa.
- Esa deuda entra en LSO como cualquier otro pasivo.
- En paralelo, denuncia penal contra los autores de la estafa (querella, denuncia ante Policía Nacional o juzgado).
- Si se condena penalmente y se obtiene responsabilidad civil, puede recuperarse parte vía pieza de responsabilidad civil del proceso penal.
- La indemnización penal eventual no afecta retroactivamente a la LSO ya concedida.
AEAT y plusvalías cripto declaradas
Quien declaró ganancias en años buenos puede tener deuda IRPF pendiente de pago aunque el patrimonio actual esté en pérdidas:
- Hasta 10.000 € de deuda con AEAT es exonerable en LSO.
- El exceso queda como deuda activa con plan de pagos.
- Conviene documentar todas las operaciones (compras, ventas, swaps, staking, airdrops).
- El asesoramiento fiscal previo es esencial: a veces conviene rectificar declaraciones con saldo a favor antes de la LSO.
¿Tienes deudas por inversión en criptomonedas?
Estudiamos préstamos bancarios, tarjetas, deuda con plataformas y AEAT. Estrategia LSO + análisis de viabilidad penal si hubo estafa subyacente.
Documentación necesaria
- Contratos de préstamos personales y tarjetas usados para invertir.
- Histórico de operaciones en plataformas (Binance, Coinbase, Kraken, etc.).
- Resúmenes anuales fiscales (modelo 720 si aplicable, IRPF).
- Capturas de pantalla del crash o de la quiebra de la plataforma.
- Comunicaciones con bancos solicitando refinanciación.
Procedimiento adaptado
- Inventario completo de deudas convencionales (banco, tarjeta, microcréditos).
- Análisis de saldos en plataformas crypto activas (incluyendo bloqueos en stake).
- Solicitud directa de concurso ante el juzgado, sin acuerdo extrajudicial previo desde la reforma de 2022.
- Elección entre exoneración con liquidación o con plan de pagos.
- Plan de pagos o exoneración inmediata.
Errores frecuentes en deudores crypto
- Pretender liquidar más cripto antes del concurso para «limpiar» patrimonio (puede ser revocable como acto de disposición fraudulento).
- No declarar las posiciones cripto activas: deben aparecer en el inventario aunque sean ilíquidas.
- Confundir pérdidas patrimoniales con deuda exonerable.
- Ocultar wallets a nombre propio o de familiares.
- Asumir que las plataformas extranjeras «no se enterarán» del concurso.



