Determinar el juzgado competente es el primer paso procesal de cualquier reclamación bancaria. Las reglas son claras pero los matices importan: cuantía, materia, condición consumidor/empresario y existencia de juzgados especializados.
Regla general en consumidores
El art. 52.3 LEC fija el fuero del consumidor: el juzgado del lugar donde reside el demandante. Esta regla es imperativa y no puede modificarse por cláusulas de sumisión expresa al juzgado del banco (art. 90.2 TRLGDCU).
- El consumidor decide el juzgado por su propio domicilio.
- El banco no puede imponer un juzgado distinto.
- La sumisión expresa en cláusula contractual es nula.
- Aplica tanto a primera instancia como a recurso de apelación.
Juzgados especializados en cláusulas abusivas
Desde 2017, el CGPJ designa en cada provincia juzgados especializados que tramitan exclusivamente demandas sobre cláusulas hipotecarias abusivas. Materias absorbidas:
| Cláusula | Juzgado especializado |
|---|---|
| Suelo | Sí |
| IRPH | Sí |
| Gastos hipotecarios | Sí |
| Multidivisa | Sí |
| Vencimiento anticipado | Sí |
| Comisión apertura hipoteca | Sí |
| Revolving (no hipoteca) | Juzgado ordinario de Primera Instancia |
| Comisiones bancarias | Juzgado ordinario de Primera Instancia |
Competencia por cuantía
| Cuantía | Procedimiento | Juzgado |
|---|---|---|
| Condiciones generales (acción individual) | Verbal, sea cual sea la cuantía | Juzgado Primera Instancia (especializado si aplica) |
| ≤15.000 € | Verbal | Juzgado Primera Instancia |
| >15.000 € | Ordinario | Juzgado Primera Instancia |
| Cuantía indeterminada | Ordinario, salvo regla específica por materia (condiciones generales: verbal) | Juzgado Primera Instancia |
Competencia por materia
- Juzgado de Primera Instancia: contratos con consumidores, hipotecas, préstamos personales, tarjetas, comisiones.
- Juzgado de lo Mercantil: contratos con empresarios sobre productos MIFID (swaps, bonos), concursos de persona física.
- Juzgado especializado en cláusulas abusivas hipotecarias: todo lo relativo a hipotecas con consumidores.
Casos especiales
Empresa o autónomo
Si el demandante no es consumidor, las reglas cambian:
- El fuero protector del consumidor no aplica.
- Se atiende a las reglas generales de competencia (52.1 LEC).
- En productos MIFID (swap, bonos), Juzgado de lo Mercantil.
- En préstamos comerciales con cláusulas abusivas, Juzgado de Primera Instancia.
Concurso de persona física
Las acciones contra cláusulas bancarias durante un concurso pueden tramitarse:
- En el propio Juzgado del concurso (Mercantil) si están vinculadas al pasivo concursado.
- O autonomamente en Juzgado de Primera Instancia con efectos al concurso.
Acción colectiva
Las demandas colectivas de asociaciones de consumidores se presentan en el juzgado del domicilio social de la asociación o donde tenga lugar el daño general (regla más flexible).
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Sumisión expresa: cuándo es nula
Las cláusulas que en el contrato bancario fijan un juzgado distinto al del consumidor son nulas (art. 90.2 TRLGDCU). Casos típicos:
- «Sumisión a los juzgados de Madrid»: nula si el consumidor no reside en Madrid.
- «Sumisión al juzgado del domicilio del banco»: nula si distinto al del consumidor.
- «Sumisión exclusiva a Juzgado de lo Mercantil»: nula si el demandante es consumidor.
Reglas prácticas para identificar el juzgado
- ¿Eres consumidor? Sí → fuero del consumidor (tu domicilio).
- ¿Es cláusula abusiva hipotecaria? Sí → juzgado especializado de tu provincia.
- ¿Es producto MIFID o concurso? Sí → considerar juzgado mercantil.
- ¿Es revolving, comisiones u otro producto bancario? → Juzgado de Primera Instancia ordinario.
- Procedimiento: condiciones generales → verbal, sea cual sea la cuantía; en el resto, verbal hasta 15.000 € y ordinario por encima.
Errores frecuentes sobre competencia
- Aceptar la sumisión expresa al juzgado del banco firmada en el contrato.
- Demandar en Madrid o Barcelona «porque el banco está allí» cuando vives en otra provincia.
- Confundir juzgado especializado con juzgado de lo Mercantil.
- Presentar demanda en juzgado de paz cuando la cuantía requiere primera instancia.
- Asumir que el procedimiento será más rápido en juzgado especializado (suele ser al revés).



