La cuantía y el procedimiento de una demanda bancaria determinan los costes, plazos y complejidad del litigio. Saber cómo se calcula y qué procedimiento aplica te permite anticipar la estrategia óptima.
Tipos de procedimiento según materia y cuantía
| Cuantía | Procedimiento | Características |
|---|---|---|
| Condiciones generales de la contratación (acción individual) | Verbal, sea cual sea la cuantía (art. 250.1.14.º LEC) | Se determina por razón de la materia, no de la cuantía |
| ≤15.000 € | Verbal (art. 250.2 LEC) | Contestación escrita y vista única |
| >15.000 € | Ordinario (art. 249.2 LEC) | Audiencia previa + juicio |
| Cuantía indeterminada | Ordinario, salvo regla específica por materia | Las acciones individuales sobre condiciones generales de la contratación van por verbal, sea cual sea la cuantía |
Cómo se calcula la cuantía en demandas bancarias
- Cláusula suelo: total de cantidades pagadas en exceso por aplicación del suelo.
- Gastos hipotecarios: total de gastos repercutidos al consumidor.
- IRPH: sobrecoste pagado vs. simulación con índice sustitutivo.
- Multidivisa: exceso por aplicación del tipo de cambio + capital indebidamente incrementado.
- Revolving: intereses pagados susceptibles de devolución.
- Swap: liquidaciones negativas pagadas.
- Comisiones: total de comisiones reclamadas.
Procedimiento verbal: características
- Demanda: hechos, fundamentos, pretensiones y prueba documental.
- Contestación: el banco contesta por escrito en 10 días.
- Vista única: en una sola audiencia se practica toda la prueba (el juzgado puede prescindir de la vista si no hay prueba que practicar).
- Sentencia: en plazo de 10-30 días tras la vista.
- Recurso: apelación ante la Audiencia Provincial.
Duración total: 8-14 meses en primera instancia.
Procedimiento ordinario: características
- Demanda completa: hechos, fundamentos, pretensiones, prueba documental.
- Contestación: 20 días para responder con alegaciones y pruebas.
- Audiencia previa: saneamiento, alegaciones, fijación de hechos controvertidos, admisión de prueba.
- Juicio: práctica de prueba pericial, testifical, interrogatorio.
- Conclusiones: escritas o orales según el caso.
- Sentencia: en plazo de 20-60 días tras conclusiones.
Duración total: 14-22 meses en primera instancia.
Cuándo es cuantía indeterminada
- Pretensiones declarativas sin cuantificación monetaria (declaración de nulidad sin restitución concretada).
- Reclamaciones futuras (cuotas a pagar tras la sentencia).
- Compromiso de no aplicar cláusula en el futuro.
- Acciones colectivas de cesación.
La cuantía indeterminada no impide la demanda. Cuando no exista una regla específica por razón de la materia, las demandas de cuantía indeterminada se tramitan por juicio ordinario. Las acciones individuales relativas a condiciones generales de la contratación, como buena parte de las reclamaciones bancarias, se tramitan por juicio verbal, cualquiera que sea su cuantía.
Estrategia: cómo plantear la cuantía
El abogado puede valorar:
- Maximizar cuantía: incluir todas las cantidades posibles para presionar al banco hacia transacción.
- Acumular pretensiones: demandar varios productos en un mismo procedimiento si es posible.
- No dejar fundamentos para otro pleito: lo que pudo alegarse en la demanda no puede reservarse para un proceso posterior (art. 400 LEC).
¿No sabes qué cuantía y procedimiento aplica a tu caso?
Análisis técnico previo: cálculo del sobrecoste, valoración del riesgo procesal y elección óptima de procedimiento.
Costas y cuantía
| Supuesto | Qué se aplica |
|---|---|
| Límite general | Salvo temeridad, el condenado no paga por honorarios de abogado y demás profesionales sin arancel más de un tercio de la cuantía del proceso (art. 394.3 LEC) |
| Cuantía indeterminada | A efectos de ese límite, la pretensión se valora en 18.000 € (art. 394.3 LEC) |
| Honorarios impugnados por excesivos | Criterios orientativos del Colegio, solo a efectos de tasación de costas |
Pruebas en cada procedimiento
- Verbal: documental, interrogatorio, testifical y pericial, todo en la vista.
- Ordinario: la audiencia previa fija los hechos y admite la prueba, que se practica después en el juicio.
El procedimiento no se elige: lo fija la ley por razón de la materia o de la cuantía. En ambos cabe aportar informe pericial (multidivisa, swap, IRPH).
Errores frecuentes en cuantía y procedimiento
- Aplicar el antiguo límite de 6.000 €: desde 2024 el verbal por cuantía llega a 15.000 €.
- Calcular cuantía con intereses y costas (no computan).
- Fijar el procedimiento por la cuantía cuando la acción va por razón de la materia (condiciones generales: verbal).
- No diferenciar entre cuantía determinable y cuantía indeterminada.
- No prever la prueba pericial y quedarse sin acreditar el daño.



