Una de las tácticas de los bancos y financieras frente a impagos de tarjetas revolving es incluir al cliente en ficheros de morosos como ASNEF o Experian. Pero si la deuda proviene de un contrato usurario o está siendo reclamada, esa inclusión es ilegítima y puede generar incluso indemnizaciones.
Qué es el ASNEF
ASNEF (Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito) es el principal fichero de morosos de España, gestionado por la empresa Equifax. Los bancos y financieras comunican los impagos para que otras entidades consulten el perfil crediticio antes de conceder financiación.
Cuándo la inclusión en ASNEF es legítima
Para que una inclusión sea legítima, deben cumplirse estos requisitos (STS 13/2018 y doctrina consolidada):
- La deuda debe ser cierta, vencida y exigible.
- No debe existir controversia judicial o extrajudicial sobre su validez.
- Debe notificarse previamente al deudor con al menos 30 días de antelación.
- La información debe ser proporcional y estar actualizada.
Cuándo la inclusión es ilegítima en revolving
En tarjetas revolving, la inclusión suele ser ilegítima cuando:
- El cliente ha presentado reclamación extrajudicial o demanda por usura.
- La deuda reclamada se compone de intereses usurarios que son objeto de controversia.
- El banco no notificó la inclusión al deudor.
- La TAE de la tarjeta es manifiestamente usuraria.
Cómo defenderte si te incluyeron
- Solicita al banco la exclusión inmediata, razonando la controversia sobre la deuda.
- Si el banco no te da de baja, escribe directamente a EQUIFAX (ASNEF) pidiendo la cancelación.
- Reclama al AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) si no te dan de baja.
- Demanda judicial conjuntamente con la nulidad del contrato pidiendo cancelación del dato y daños morales.
Indemnización por inclusión indebida
La inclusión ilegítima en ASNEF genera un daño moral que el Tribunal Supremo reconoce indemnizable. Las cantidades oscilan entre 1.500 y 5.000 € según:
- Duración de la inclusión en el fichero.
- Perjuicio concreto sufrido (denegación de créditos, hipotecas, alquileres).
- Reiteración o notificaciones previas sin respuesta.
- Conducta del banco tras la reclamación.
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