Los empresarios individuales y autónomos son uno de los principales perfiles de la Ley de Segunda Oportunidad. Quien ha cerrado una pequeña empresa con avales personales, deudas con la AEAT/SS o préstamos ICO impagados encuentra en la LSO una vía estructurada para liberarse del pasivo no asumible.
¿Quién puede acogerse?
- Empresario individual o autónomo en activo o cesado.
- Socio único de SL/SA con avales personales.
- Administrador con responsabilidad personal por deudas sociales.
- Profesional liberal (abogado, arquitecto, médico) con deudas profesionales.
- Comerciante en cualquier régimen económico-matrimonial.
Tipos de deudas frecuentes en empresarios
| Origen | Tipo de deuda | Exonerable |
|---|---|---|
| Bancos | Préstamos ICO, líneas de crédito, leasing, descuento | Sí (incluso ICO) |
| Avales personales | Por créditos a la sociedad | Sí |
| Proveedores | Facturas impagadas, pagarés | Sí |
| Arrendadores | Rentas atrasadas locales/almacenes | Sí |
| AEAT | IVA, IRPF, IS pendientes | Hasta 10.000 € |
| Seguridad Social | Cuotas autónomos, RETA, regímenes | Hasta 10.000 € |
| FOGASA | Subrogación por indemnizaciones | Sí |
| Trabajadores | Salarios e indemnizaciones | Con matices (preferencia) |
| Sanciones administrativas | Multas tributarias, urbanísticas | Generalmente sí |
Particularidad: avales personales por sociedad
Es uno de los casos más habituales: el empresario constituyó una SL pensando en limitar responsabilidad, pero los bancos exigieron aval personal del socio/administrador para préstamos ICO o líneas de circulante. Cuando la sociedad cierra, el aval pasa a la persona física.
Buena fe en empresarios: matices a evitar
- No haber satisfecho deudas con AEAT/SS de forma sistemática durante años de bonanza.
- Disposiciones de fondos sociales en favor del socio/familiar en los meses previos al cierre.
- Operaciones vinculadas no documentadas (cobros sin factura, transferencias entre cuentas).
- Ocultación de activos: vehículos, inmuebles, cuentas en otras entidades.
- No haber instado el concurso de la sociedad cuando era preceptivo (responsabilidad concursal).
Deudas con préstamos ICO: caso especial
La pandemia generó miles de préstamos ICO con aval del Estado. Si tu empresa tomó un ICO y el aval personal cayó:
- El aval personal es deuda exonerable en LSO.
- El Estado, vía CERSA, suele subrogarse en la posición del banco.
- La sentencia LSO afecta al saldo no recuperado por la garantía pública.
- Conviene aportar documentación completa del ICO y de la sentencia social/concursal de la empresa.
¿Cerraste tu empresa con deudas pendientes?
Analizamos avales personales, ICO, deudas con AEAT/SS y proveedores. Estrategia LSO ajustada al perfil empresarial individual.
Procedimiento adaptado a empresarios
- Inventario de pasivo: deudas comerciales, financieras, fiscales, laborales.
- Inventario de activo: vehículos, inmuebles, créditos pendientes de cobro, fondos.
- Acuerdo extrajudicial de pagos (cuando proceda) o concurso consecutivo directo.
- Liquidación de bienes no necesarios conforme al plan.
- Plan de pagos a 3-5 años o exoneración inmediata según perfil.
- Auto de exoneración del pasivo insatisfecho.
Tras la LSO: continuar como autónomo
- Puedes continuar como autónomo el día siguiente del auto.
- No hay inhabilitación para ejercer actividad económica.
- El Registro Público Concursal mantiene la inscripción durante el período legal.
- El acceso a financiación bancaria estará limitado en los 5 años siguientes.
- Posibilidad de fundar nueva sociedad mercantil sin restricciones.
Errores frecuentes del empresario en LSO
- Liquidar la sociedad sin abrir concurso cuando era obligatorio (responsabilidad personal por deudas no concursales).
- No declarar el aval personal en la LSO pensando que «es deuda de la empresa».
- Continuar la actividad sin alta nueva mientras se tramita el concurso (genera deudas no exonerables).
- Ofrecer plan de pagos basado en la facturación pasada en lugar de previsiones realistas futuras.



